La ministra Ángela María Buitrago aclaró los alcances de la Ley de Utilidad Pública y su posible aplicación en el caso de Daneidy Barrera, conocida como ‘Epa Colombia’.
La ministra de Justicia, Ángela María Buitrago, respondió a la solicitud del presidente Gustavo Petro de aplicar la Ley de Utilidad Pública en el caso de Daneidy Barrera, conocida como Epa Colombia, y aclaró que cualquier modificación a su condena solo puede ser determinada por un juez.
El pronunciamiento se dio luego de que el mandatario pidiera que Barrera, quien cumple su pena en la cárcel El Buen Pastor, pudiera salir diariamente de prisión amparada en la ley que protege a madres cabeza de hogar en situación de marginalidad.
«Esta mujer, al ser madre cabeza de familia, está resguardada por la ley que hizo aprobar en el Congreso nuestro ministro progresista de Justicia, Néstor Osuna: debe salir diariamente de la cárcel», escribió Petro en su cuenta en X.
Sin embargo, en entrevista con Blu Radio, la ministra Buitrago subrayó que solo un juez de ejecución de penas tiene la facultad de evaluar si Barrera cumple con los requisitos para acceder a ese beneficio.
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¿Aplica la Ley de Utilidad Pública en este caso?
Buitrago explicó que la Ley de Utilidad Pública está diseñada para beneficiar a mujeres en condiciones de marginalidad que sean madres cabeza de familia, pero no todos los delitos permiten acceder a esta medida.
«La ley solo permite su aplicación en ciertos comportamientos y no en todos. Además, genera una prohibición para aplicar lo que se llama un sustitutivo de prisión en casos como instigación para delinquir», detalló la ministra.
El delito por el que fue condenada Barrera podría impedir que se le conceda la libertad diaria, dado que no todas las infracciones penales pueden ser objeto de ese beneficio.
Además, la ministra recordó que para acceder a esta medida, la persona debe haber sido madre cabeza de familia en el momento de la condena y demostrar que se encontraba en un estado de marginalidad económica.
«Marginalidad es que la persona no tenga las condiciones para subsistir y que el delito cometido esté vinculado a esa situación», explicó Buitrago.
En el caso de Epa Colombia, cuando ocurrieron los hechos aún no tenía hijos, lo que podría descartar la posibilidad de acogerse a esta medida.
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