Autoridades Anti-Contrabando del Huila, en coordinación con la Fuerza Pública, ha reforzado los operativos de inspección, vigilancia y control en el sur del departamento para evitar la comercialización ilegal de licores sin los debidos permisos de introducción.
Durante las recientes intervenciones, las autoridades lograron la incautación de una importante cantidad de botellas de Aguardiente Amarillo de Manzanares, procedentes del departamento de Risaralda. Estos productos ingresaron de manera ilegal al Huila, ya que hasta la fecha no se han otorgado permisos de introducción, en cumplimiento de los artículos 9 y 10 de la Ley 1816 de 2016.
Mientras no se surta el procedimiento de emisión de dichos permisos, la comercialización de cualquier otro aguardiente en el Huila, excepto el Aguardiente Doble Anís, está prohibida por ley. Por ello, las autoridades han hecho un llamado a la ciudadanía para que se abstenga de adquirir, vender o distribuir licores sin la debida autorización y denuncie cualquier irregularidad.
Consecuencias legales del contrabando de licores
La introducción y comercialización de aguardientes sin los permisos requeridos pueden acarrear sanciones severas, entre ellas:
Aprehensión y decomiso de los productos, conforme a la Ley Anti-Contrabando (Ley 1762 de 2015).
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Sanciones penales contempladas en el artículo 312 de la Ley 599 de 2000, que establecen penas de prisión de seis (6) a ocho (8) años y multas de hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Aclaraciones sobre la Sentencia C-032 de 2025
En respuesta a diversas interpretaciones erróneas sobre la Sentencia C-032 del 4 de febrero de 2025 de la Corte Constitucional, la Secretaría de Hacienda del Huila precisó que esta decisión únicamente declara inexequibles los incisos primero y segundo del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016. Sin embargo, la potestad del Departamento para otorgar permisos de introducción sigue vigente, conforme a los artículos 9 y 10 de la misma ley.
A la fecha, no se ha otorgado ningún permiso de introducción de aguardientes en el Huila, por lo que cualquier producto ingresado sin autorización será objeto de aprehensión y decomiso, conforme a lo establecido en el artículo 222 de la Ley 223 de 1995 y el artículo 2.2.1.2.15 del Decreto Único 1625 de 2016.
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