La reforma pensional del gobierno entra en su etapa decisiva en la Corte Constitucional en medio de un pulso jurídico y político. El magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, ordenó la práctica de nuevas pruebas y pidió a la Cámara de Representantes aclarar si las actas de las sesiones extraordinarias en que se debatió la iniciativa fueron aprobadas, y con qué quórum.
DIARIO DEL HUILA, NACIONAL
La Corte Constitucional se alista para tomar una decisión clave sobre la reforma pensional que el Congreso aprobó en junio y que se convirtió en una de las banderas del gobierno. En esta recta final, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente del alto tribunal y ponente del caso, expidió un auto fechado el 9 de septiembre de 2025 en el que solicita a la Cámara de Representantes remitir información adicional. El requerimiento busca despejar dudas sobre la legalidad de las sesiones extraordinarias del 27 y 28 de junio, convocadas para subsanar vicios de trámite.
El auto ordena a la presidencia de la Cámara enviar un informe detallado sobre si las actas de dichas sesiones —las 256 y 257— fueron aprobadas, la fecha en que ocurrió, el número de votos obtenidos y el quórum exigido. Asimismo, se pidió copia de los órdenes del día en los que se incluyó la votación de esas actas y la certificación del estado actual del trámite, en caso de que alguna permanezca pendiente de aprobación.
La medida sorprendió en el Ejecutivo. El ministro del Interior, Armando Benedetti, acusó al magistrado Ibáñez de usar las pruebas como “una estrategia dilatoria” que pondría en riesgo la entrada en vigencia de la reforma. Según dijo, la solicitud constituye un “hostigamiento al Estado social de derecho” y va “en contra de los tres millones de viejitos que se beneficiarían del bono pensional y contra el mismo gobierno”.
Benedetti añadió que, primero, el magistrado pidió subsanar el vicio de trámite por indebida deliberación; luego, que se votaran las actas, y ahora que se certifique cómo se votaron. “¿Qué es esta pedidera de cuentas? Su labor es controlar que se cumpla la Constitución, pero él no la está cumpliendo”, sostuvo.
Le puede interesar: MinJusticia advierte que Colombia deberá mantener prohibición del glifosato

Sin embargo, fuentes del alto tribunal explicaron a EL TIEMPO que el nuevo requerimiento obedece a un hecho central: las actas de las sesiones extraordinarias aún no aparecen aprobadas, lo cual es un requisito indispensable para validar las decisiones legislativas.
La controversia se agudizó con las constancias allegadas por la representante Katherine Miranda, de la Alianza Verde. Según la congresista, el 27 de junio, fecha en que se realizó la sesión para subsanar el vicio de trámite, solo hubo 77 representantes presentes, número insuficiente para conformar quórum decisorio, como lo exigen los artículos 145 y 146 de la Constitución. Pese a ello, en esa jornada se anunció el proyecto de reforma pensional.
Miranda entregó al expediente decenas de constancias firmadas por congresistas que aseguraron no haber participado en esas sesiones y, por tanto, se abstuvieron de aprobar las actas correspondientes. Para la representante, esto prueba que, además del vicio de indebida deliberación, la reforma habría sido aprobada sin cumplir el requisito básico del quórum.
La discusión no es menor. Si la Corte determina que efectivamente las actas no fueron aprobadas o que no hubo quórum, la reforma podría declararse inexequible, obligando a reiniciar el trámite legislativo. Si, por el contrario, se concluye que las falencias fueron subsanadas con la adopción del texto del Senado, la norma quedaría en firme y el Gobierno podría avanzar en su implementación.
El desenlace depende ahora de la Sala Plena de la Corte, que deberá discutir la ponencia de Ibáñez en los próximos días. Se espera que hacia finales de esta semana o comienzos de la próxima se conozca el proyecto de fallo, en lo que se anticipa como uno de los debates constitucionales más relevantes de los últimos años.
En juego no solo está el futuro del sistema pensional colombiano, sino también la relación entre el alto tribunal y el Ejecutivo. Mientras el Gobierno insiste en que se trata de un fallo que debe privilegiar el bienestar de millones de adultos mayores, la Corte sostiene que su obligación es verificar la constitucionalidad del trámite legislativo, sin importar los efectos políticos.
La tensión refleja el choque entre dos visiones: la de un Gobierno que busca cumplir con una promesa central y la de un tribunal que reclama el respeto estricto a las formas jurídicas. La pregunta que queda abierta es si el alto tribunal validará el trámite de la reforma o, por el contrario, la devolverá al Congreso para empezar de nuevo.

Le puede interesar: Proyecto de ley plantea licencia de conducción por puntos en Colombia









