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Reforma laboral: ¿Cómo queda el recargo nocturno, dominical y festivos?

May 28, 2025

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En el marco del tercer debate de la reforma laboral, la Comisión Cuarta del Senado aprobó un artículo que establece un incremento gradual del recargo salarial por laborar en domingos y festivos, pasando del actual 75% al 100%. Esta medida, impulsada por la senadora Angélica Lozano, busca mejorar las condiciones laborales y compensaciones para quienes trabajan durante días de descanso obligatorio.

La propuesta, que modifica el artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo, fue uno de los puntos más discutidos durante la sesión. Su aprobación representa un cambio significativo en los beneficios económicos que recibirán los empleados por su labor en días festivos.

Así quedaría el recargo dominical y festivo

El nuevo texto establece que el trabajo en domingos y festivos deberá ser remunerado con un recargo del 100% sobre el salario ordinario por hora, además del salario habitual que el trabajador ya recibe por haber cumplido su jornada semanal.

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No obstante, la implementación de este recargo será gradual, según el siguiente calendario:

  • Desde el 1° de julio de 2025: el recargo aumentará al 80%.
  • Desde el 1° de julio de 2026: subirá al 90%.
  • Desde el 1° de julio de 2027: se aplicará el 100% completo, como lo estipula el artículo aprobado.

Sin embargo, el texto también aclara que los empleadores podrán adoptar voluntariamente el recargo del 100% desde la entrada en vigencia de la ley, sin esperar las fechas establecidas.

Definiciones clave

El documento aprobado distingue entre trabajo ocasional y habitual en días de descanso obligatorio:

  • Se considera ocasional si el trabajador labora hasta dos domingos o festivos al mes.
  • Se considera habitual si trabaja tres o más de estos días durante el mismo periodo.

Así mismo, se incluye la posibilidad de que las partes acuerden por escrito un día de descanso diferente al domingo. Si no se especifica, se presumirá como tal el domingo.

Próximos pasos legislativos

Tras esta aprobación, la reforma laboral continuará su curso en la plenaria del Senado, donde deberá surtir su cuarto y último debate, antes de pasar a conciliación entre Senado y Cámara. Si supera estos pasos, será enviada al presidente para su sanción y entrada en vigencia como ley de la República.

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