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¿Qué sigue para la reforma pensional tras su regreso al Congreso?

Jun 20, 2025

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La Corte Constitucional decidió devolver la reforma pensional a la Cámara de Representantes para que se repita su cuarto debate. Aunque la Ley 2381 de 2024 no entrará en vigencia el 1.º de julio como estaba previsto, se mantienen aspectos clave como los traslados de régimen y la creación de las Accai. El país gana tiempo para ajustar y corregir errores críticos en la implementación del nuevo modelo.

DIARIO DEL HUILA, PANORAMA

A solo días de entrar en vigor, la Ley 2381 de 2024, más conocida como la reforma pensional del Gobierno Petro, fue frenada por decisión unánime de la Corte Constitucional. La alta corte ordenó devolver el proyecto de ley a la Cámara de Representantes para que se repita el cuarto debate, el cual deberá tener una duración mínima de tres horas. Esto abre una nueva oportunidad para ajustar una de las reformas sociales más ambiciosas del actual gobierno.

La devolución implica que el texto vuelve a ser un proyecto de ley, bajo revisión de la Comisión Cuarta de la Cámara. Si se aprueba nuevamente, deberá conciliarse con la versión anterior y pasar otra vez por control constitucional. Solo entonces se sabrá si la ley es constitucional y podrá entrar en vigencia. Hasta tanto, el sistema pensional actual —regido por la Ley 100 de 1993— continuará operando con normalidad.

Sin embargo, no todos los avances quedan suspendidos. Dos aspectos claves se mantienen vigentes: la creación de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai) y la ventana de oportunidad para el traslado de régimen pensional. Las Accai fueron seleccionadas para administrar el ahorro de los cotizantes que superan el umbral de 2,3 salarios mínimos. Quienes no escogieron una antes del 16 de enero, fueron asignados aleatoriamente por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP). Esta decisión, que ya cobija a más de 450.000 personas, no será revertida.

Por otro lado, también continúa la llamada «ventana de oportunidad», que permite a hombres con 900 semanas cotizadas y mujeres con 750, cambiar de régimen, incluso si tienen menos de diez años para jubilarse. A la fecha, más de 80.000 personas han aprovechado esta opción, trasladándose principalmente de fondos privados (AFP) a Colpensiones. Este beneficio se extenderá hasta el 16 de julio de 2026, según lo contempla la norma.

Ahora, el Congreso deberá retomar el debate legislativo. La decisión de la Corte obliga a corregir el texto, recolectar firmas, y notificar oficialmente a la Cámara de Representantes, para que el presidente de esta rinda informe a la Corte Constitucional. Mientras tanto, diversos sectores, como Asofondos, han celebrado la oportunidad para perfeccionar un texto que consideran podía ser mejorado.

Además del trámite legislativo, la reforma tiene otros retos pendientes. Uno de los más urgentes, según analistas del sector pensional, es resolver el vacío existente respecto al seguro previsional de la población en transición. Este seguro protege a los cotizantes frente a la muerte o invalidez, y aunque hoy está cubierto por las AFP, no hay una solución clara para el momento en que entre en vigencia el nuevo sistema.

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La Corte Constitucional frenó la entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024.

También hay reparos frente al uso del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, el cual, según la reglamentación, podría financiar el Pilar Semicontributivo. Expertos consideran que esos recursos deben destinarse exclusivamente al pago de pensiones. De igual forma, preocupa que el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, creado para cubrir pensiones mínimas en el régimen privado, pueda ser usado para financiar a Colpensiones, lo que representa riesgos fiscales y posibles ilegalidades.

Otro foco de atención está en la reglamentación sobre los fondos generacionales y el proceso de desacumulación. La falta de claridad sobre cómo se desahorrarán los recursos del Pilar Contributivo es uno de los aspectos más cuestionados, ya que no se establece con precisión el manejo de los recursos en el tiempo, ni su relación con las futuras obligaciones del Estado.

En paralelo, mientras se define el futuro de la reforma, los colombianos deben mantenerse informados. Quienes deseen saber a cuál Accai fueron asignados, pueden consultar el Registro Único de Afiliados (RUAF), administrado por el Ministerio de Salud. Este será el canal oficial para conocer en qué entidad están ahorrando la parte complementaria de su pensión.

La discusión sobre el sistema pensional colombiano, sin duda, sigue abierta. Lo que está claro es que la decisión de la Corte Constitucional no entierra la reforma, sino que abre una nueva etapa en su camino legislativo. El reto ahora será lograr un consenso político que garantice no solo su viabilidad jurídica, sino su sostenibilidad financiera y, sobre todo, la protección de los derechos de los futuros pensionados.

Cotizantes podrán seguir trasladándose de régimen hasta 2026.

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