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Procuraduría archiva investigación contra Gorky Muñoz por millonario convenio

Jul 18, 2025

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La Procuraduría archivó el proceso disciplinario contra el exalcalde de Neiva, Gorky Muñoz, al concluir que los hechos ya habían sido investigados, aplicando el principio de non bis in ídem.

 DIARIO DEL HUILA, INVESTIGACIÓN

En una decisión basada en el respeto al principio del non bis in ídem, la Procuraduría General de la Nación archivó el proceso disciplinario que se adelantaba contra el exalcalde de Neiva, Gorky Muñoz Calderón, y su exjefe de contratación, Juan Diego Isaza Valderrama, por presuntas irregularidades en la celebración del Convenio Interadministrativo No. 2105 de 2023, suscrito con la Empresa de Iluminación Pública y Desarrollos Tecnológicos (ESIP).

La Procuraduría Tercera Delegada para la Contratación Estatal decidió archivar de manera definitiva el proceso disciplinario iniciado contra el exalcalde de Neiva, Gorky Muñoz Calderón, y el entonces jefe de la Oficina Jurídica y de Contratación de la Alcaldía, Juan Diego Isaza Valderrama. La investigación giraba en torno a presuntas irregularidades en la firma del Convenio Interadministrativo No. 2105 del 28 de junio de 2023, celebrado entre el municipio de Neiva y la Empresa de Iluminación Pública y Desarrollos Tecnológicos (ESIP), por un valor superior a los $200.000 millones.

Este convenio tenía como finalidad la actualización, conservación y difusión de la información catastral del municipio durante un período de 15 años. El proceso contractual fue objeto de una denuncia presentada por el concejal neivano Germán Casagua Bonilla, quien cuestionó la legalidad de su celebración al considerar que se había realizado sin el cumplimiento de requisitos presupuestales y con una empresa que, a su juicio, no cumplía con la experiencia necesaria.

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La Procuraduría cerró el proceso por el convenio catastral.

Cuestionamientos sobre experiencia y presupuesto

Entre las observaciones realizadas por el denunciante, se destacaba que el convenio fue firmado sin contar con el correspondiente certificado de disponibilidad presupuestal (CDP), requisito esencial para todo contrato estatal. Además, indicó que la empresa ESIP habría modificado su objeto social meses antes de la suscripción del convenio, precisamente para incluir dentro de sus funciones la gestión catastral, lo que generaba sospechas sobre la transparencia del proceso.

Casagua también denunció que el valor reportado del convenio era inferior al real, lo que habría facilitado la obtención de pólizas de seguros a menor costo, beneficiando directamente a la entidad contratista.

Una decisión sustentada en el debido proceso

Con base en estos señalamientos, la Procuraduría abrió en enero de 2024 un proceso disciplinario formal contra los dos exfuncionarios de la Alcaldía de Neiva. Sin embargo, meses después, la defensa de los investigados presentó una solicitud de archivo sustentada en que los hechos ya habían sido objeto de investigación en otro proceso dentro de la misma Procuraduría, adelantado por una Delegada distinta, el cual fue archivado de forma definitiva el 8 de abril de 2025.

Tras revisar cuidadosamente el expediente, la Procuraduría Tercera Delegada para la Contratación Estatal concluyó que efectivamente se trataba de los mismos hechos, actores y objeto contractual investigado anteriormente, razón por la cual continuar con la actuación disciplinaria representaría una vulneración al principio constitucional del non bis in ídem.

El principio de non bis in ídem, clave en la decisión

Este principio, consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política de Colombia, establece que ninguna persona puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos. La entidad de control resaltó que el respeto a este principio hace parte del debido proceso y es garantía esencial en todo Estado de Derecho, ya que impide que se reabran investigaciones cerradas o se persiga a una persona por una conducta por la cual ya fue exonerada o sancionada, generando inseguridad jurídica.

En consecuencia, el despacho decidió archivar el proceso disciplinario radicado bajo el número IUS-E-2023-604015 / IUC-D-2023-3233439, dejando claro que este archivo hace tránsito a cosa juzgada y, por tanto, no podrá ser reabierto ni retomado en ningún otro escenario de la misma jurisdicción.

Cierre definitivo del expediente

La decisión fue notificada a las partes procesales, incluyendo al denunciante, quien podrá interponer los recursos legales que estime pertinentes, aunque el concepto de cosa juzgada limita sustancialmente cualquier posibilidad de reapertura.

Esta decisión se da en medio de un ambiente político aún marcado por las consecuencias administrativas del periodo de Gorky Muñoz en la Alcaldía de Neiva, quien ha sido objeto de múltiples observaciones tanto por parte de organismos de control como por sectores de la oposición.

El convenio fue suscrito en los últimos meses del gobierno municipal.

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