La Procuraduría General de la Nación ordenó el archivo definitivo del proceso disciplinario contra el exalcalde de Neiva, Gorky Muñoz Calderón, y varios de sus exfuncionarios, investigados por presuntas irregularidades en la contratación del servicio de catastro municipal. La decisión se tomó tras determinar que no existieron faltas disciplinarias en la suscripción del convenio con la empresa ESIP S.A.S. E.S.P.
Diario del Huila, Contexto
La Procuraduría General de la Nación decidió archivar de manera definitiva la investigación disciplinaria que se adelantaba contra Gorky Muñoz Calderón, exalcalde de Neiva, y varios de sus exfuncionarios, por supuestas irregularidades en la suscripción de un convenio interadministrativo para la gestión catastral del municipio. La decisión se fundamentó en la inexistencia de una falta disciplinaria tras un análisis detallado de los documentos, las pruebas recaudadas y la normatividad vigente.
Origen de la investigación
La investigación tuvo su génesis en una denuncia anónima motivada por una publicación del medio digital La Silla Vacía, titulada “Neiva empeñada al ‘Turco’ Hilsaca: Gorky ahora le entregó el catastro”, del 10 de julio de 2023. El contenido del artículo hacía alusión a presuntas irregularidades en la entrega del servicio catastral a la Empresa de Servicios de Iluminación Pública y Desarrollos Tecnológicos de Neiva, ESIP S.A.S. E.S.P.
A raíz de esta denuncia, el 30 de agosto de 2023 la Procuraduría abrió una indagación preliminar para verificar la conducta del entonces alcalde Gorky Muñoz y su equipo, y determinar si los hechos denunciados constituían una falta disciplinaria. El 11 de marzo de 2024, la entidad decidió formalizar la apertura de la investigación contra el exmandatario y cinco funcionarios más de su administración.
El contrato en cuestión
El eje de la controversia fue el convenio interadministrativo No. 2105 de 2023, suscrito entre la Alcaldía de Neiva y ESIP S.A.S. E.S.P. por un periodo de 15 años. Su objeto era la actualización, conservación, difusión y demás actividades conexas a la gestión catastral del municipio, en virtud de que Neiva había sido habilitada como gestor catastral mediante la Resolución 249 de 2021 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC).
Las dudas y la defensa
Durante el proceso disciplinario se evaluaron tres puntos críticos:
- La modalidad contractual: Se cuestionó que se hubiera optado por un convenio interadministrativo en lugar de un proceso selectivo con pluralidad de oferentes. Sin embargo, la Procuraduría estableció que este tipo de convenios está permitido por la normativa, siempre que exista relación directa con el objeto misional de las entidades firmantes, sin importar la cuantía del contrato.
- La idoneidad de ESIP como operador catastral: Según el expediente, la empresa contaba con experiencia demostrada en proyectos catastrales previos y cumplía con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros. Además, los socios privados de ESIP —AMERICAN LIGHTING S.A.S. y AGM DESARROLLOS S.A.S.— también acreditaron amplia experiencia en proyectos similares en municipios como Bello, Rionegro, Girardota y Sardinata.
- La naturaleza jurídica de ESIP: Se alegó que, por ser una empresa de economía mixta, no podía encargarse de labores catastrales, función que supuestamente solo podían ejercer empresas industriales y comerciales del Estado. No obstante, la Procuraduría concluyó que la ley no restringe esa capacidad a una forma específica de empresa, siempre que se cumplan los requisitos técnicos y financieros.
Análisis financiero y viabilidad
Uno de los apartes más robustos del expediente analizado corresponde al análisis financiero de la empresa y sus socios. La Procuraduría concluyó que ESIP tenía liquidez, patrimonio, capital de trabajo y rentabilidad suficiente para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, lo que se traduce en una baja exposición al riesgo.
Archivo del proceso
El 8 de abril de 2025, la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 7, Segunda Delegada para la Contratación Estatal, resolvió archivar el expediente bajo el radicado IUS-E-2023-450073, IUC-D-2023-3071092. Según el auto, «las presuntas irregularidades denunciadas no existieron, y por tanto no hay mérito para continuar con el proceso disciplinario».
Junto al exalcalde Muñoz, también fueron exonerados José Eustacio Rivera Montes (Director de Planeación), Angélica Lucía Penados Yunda (Directora de Gestión Catastral), Carlos Alberto Ibagón Valderrama (Director de Prospectiva), Julio César Ardila Rojas y Juan Diego Isaza Valderrama (Jefe de Contratación).
Otros procesos en curso
Aunque este proceso ha sido archivado, la Procuraduría aclaró que existen otros expedientes en curso sobre la gestión catastral en Neiva, incluyendo uno sobre la convocatoria pública para seleccionar al socio de la Empresa de Alumbrado Público. No obstante, la entidad enfatizó que los hechos investigados en esos casos son diferentes y que el archivo actual no incide en su continuidad.
Reflexiones finales
Este fallo de la Procuraduría sienta un precedente importante sobre el alcance de las empresas de economía mixta en la operación de servicios públicos como el catastro multipropósito, y despeja el camino legal para que otras entidades territoriales evalúen esta modalidad de contratación.
El caso también resalta la necesidad de una revisión detallada de las pruebas antes de lanzar juicios anticipados basados en publicaciones de medios o quejas anónimas, así como la importancia de fortalecer la capacidad institucional para asumir funciones técnicas como la gestión catastral.









