Desde hace algunos años ha venido aumentando las solicitudes en la iglesia de la nulidad de matrimonios, esto se debe a la facilidad que otorgó el Papa Francisco a agilizar esta tramitología que antes era tan dispendiosa y hacía que las parejas se separarán, pero no legalmente por la iglesia.
DIARIO DEL HUILA, NEIVA
Por: Leidy Catalina Durán Vásquez
Durante el transcurso de 2025, el Tribunal Eclesiástico de Neiva ha recibido 50 solicitudes de nulidad matrimonial por parte de parejas católicas que buscan anular sus matrimonios religiosos.
“En la iglesia, como tal, no existe el divorcio, existen los procesos de nulidad matrimonial, ¿Qué significa esto? Divorcio es un matrimonio que, siendo válido, no funcionó. Mientras que la nulidad del matrimonio es algo que nunca fue matrimonio, porque ya desde la base existían elementos que lo hacían nulo”, indicó Monseñor Marco Antonio Merchán Ladino, obispo de Neiva.
El obispo de Neiva explica que si, por ejemplo, para poderse casar se necesita primero la libertad y por eso le preguntan en el acto de la ceremonia ‘viniste libremente a contraer matrimonio mediante el sacramento’ y los novios respondes que sí, ‘vine libremente’.
La mayoría de los casos han sido presentados por personas que desean volver a casarse por la Iglesia, pero que, debido a su anterior matrimonio religioso, no pueden hacerlo sin obtener primero una sentencia de nulidad o también porque en realidad no hay amor y fueron otras razones las cuales los vio obligados a casarse.
“Ese sería el primer elemento. Si alguien dice eso, pero no lo siente, viene obligado, viene forzado. Las circunstancias, la familia, la fiesta ya estaban organizada, significa que no está totalmente libre. Y si yo estoy haciendo algo en lo que no soy libre, pues no es válida esa situación. La segunda pregunta que le hacen a uno es sobre el amor. ‘¿Están dispuestos a amarse hasta que la muerte los separe?’ Pues todos contestan normalmente. ‘Sí, estamos dispuestos’, pero es posible que el amor que exista no sea en realidad amor por la persona. Sino de pronto puede ser un amor por el bolsillo, por la posición social que tiene, por el estatus, bueno, por tantas cosas, de manera que el amor como tal es posible que no exista”, explicó Monseñor.

La cifra marca un incremento respecto a años anteriores y refleja una creciente preocupación por la validez sacramental de los vínculos conyugales.
“Si no existe ese amor auténtico que va hasta la muerte, pues obviamente el matrimonio no es válido y así podríamos seguir numerando. Hay varias causales de nulidad que hacen que el matrimonio sea nulo”.
A diferencia del divorcio civil, la nulidad matrimonial eclesiástica no disuelve el matrimonio, sino que reconoce que nunca existió válidamente, porque no se cumplió con alguno de los requisitos esenciales establecidos por la doctrina católica.
“Cuando hay amor auténtico, cuando hay libertad, cuando todas las causales se dan para que el matrimonio se lleve a efecto. Eso es lo que Dios une. Pero cuando falta algo, eso no lo quiere Dios. A pesar de que ya se casaron, se muestran las fotos. Pues en realidad ese matrimonio nunca existió. Y la nulidad es eso, es demostrar que por alguna de esas causales el matrimonio nunca se llevó a efecto”, precisó el Obispo de Neiva.
El proceso
El proceso ante el tribunal eclesiástico es detallado y puede durar entre 8 meses y dos años, dependiendo de la complejidad del caso. Implica entrevistas con los cónyuges, testigos, y en ocasiones, evaluaciones psicológicas. A diferencia de la justicia ordinaria, aquí se busca determinar si en el momento del consentimiento matrimonial hubo defectos graves.
“Eso en todo el mundo no existía antiguamente y entonces se presenta un proceso que era un poco complicado porque a nivel nacional existían dos instancias. Una primera instancia en las propias diócesis, donde el tribunal daba una sentencia ya fuera a favor o en contra de la nulidad del matrimonio, y luego se pasaba a una segunda instancia en el Tribunal Nacional en Bogotá. Y allí debía salir una sentencia, una segunda sentencia conforme a la primera. Si de pronto en la segunda la sentencia era contraria a la nulidad y en la primera era a favor de la nulidad, se tenía que recurrir a la tercera instancia, que es en Roma, en la Rota Romana, y eso complicaba mucho el tiempo, además, porque en la Rota Romana todo tenía que ser en latín entonces se había que pagar, se tenía que pagar una traducción a latín”, reveló el Obispo.
Toda esa tramitología había que hacer, por tal razón no se presentaba tantas solicitudes de nulidad en la antigüedad, pero el Papa Francisco, en el año 2015, quiso cambiar el proceso y determinó que de ahora en adelante se necesita solamente la sentencia de una sola instancia, que es la propia de la diócesis. Eso ha hecho que el número de procesos aumente.
De tal manera, en los últimos tres años, el Tribunal Eclesiástico de Neiva ha experimentado un incremento sostenido del 20 % anual en las solicitudes de nulidad, una tendencia similar a la observada en otras diócesis del país.
Con 50 solicitudes anuales, Neiva se posiciona como una de las ciudades con mayor movimiento en procesos de nulidad eclesiástica en el sur del país. Más allá de lo legal, el fenómeno refleja una búsqueda espiritual por parte de muchos fieles que desean sanar heridas del pasado y rehacer su camino de fe dentro del marco del matrimonio cristiano.
“Hoy por hoy vemos la realidad del matrimonio. No siempre está totalmente purificada, por un amor verdadero, por una libertad auténtica. No juegan tantos intereses y obviamente eso hace que las cosas no funcionen, que tengamos tantos matrimonios destrozados, que tengamos también vidas llenas de tristeza, de dolor y de tantas situaciones”, sostuvo Monseñor Marco Antonio Merchán Ladino, obispo de Neiva.
Por tal motivo, el Obispo de Neiva explica `porque el papa Francisco en su momento quiso agilizar este proceso, y darle de cierta manera libertad a las parejas que no estaban felices en sus matrimonios.
“El Papa quiso que desde la misericordia de la iglesia se agilizara un poco esos procesos de nulidad. Y dado esta situación, ha aumentado un poco el número de casos de nulidad, de peticiones de nulidad. Yo en este momento no tengo el dato exacto por año, pero sí por lo menos en el tribunal nuestro, unas 50 causas anuales se están llevando efecto”, concluyó Monseñor Marco Antonio Merchán Ladino.

En Colombia, el panorama es el mismo
En Colombia se evidencia una preocupante tendencia al alza en los divorcios, lo que refleja un cambio en la estabilidad conyugal.
Según los datos actualizados el 26 de marzo de 2024 por la Superintendencia de Notariado y Registro, actualmente, por cada tres matrimonios en el país, una pareja se divorcia.
En 2023, se registraron 68.843 matrimonios en Colombia, mientras que las cifras de divorcios alcanzaron los 25.272 en el mismo periodo. Esto se traduce en un promedio de 69 divorcios diarios, lo que significa que, por cada tres matrimonios celebrados, al menos uno termina en separación.
Aproximadamente el tiempo promedio que un matrimonio dura en Colombia es de un año y medio. Este dato resalta la fragilidad de las uniones conyugales en el país.
El magistrado del CNE, César Lorduy, reveló que en 2013 se registraron 17.627 divorcios, cifra que aumentó a 25.272 en 2023. Este incremento del 43% en la última década subraya una tendencia creciente hacia la disolución matrimonial.
Motivos para anular un matrimonio en Colombia
Según el bufete de Abogados Integrity Legal, especialistas en Derecho de Familia y otras áreas del derecho, en Colombia el Código de Derecho Canónico establece diversas causales por las cuales un matrimonio puede ser anulado. Estas causales se agrupan en tres categorías principales: impedimentos, vicios del consentimiento y defectos de forma.
- Impedimento de Impotencia: tanto en hombres como en mujeres, la incapacidad de realizar el acto conyugal de manera natural es un motivo de nulidad. En hombres, se requiere la capacidad de erección, penetración y eyaculación para consumar el matrimonio. En mujeres, la frigidez puede ser considerada como un impedimento.
- Impedimento de Vínculo: si una persona está casada canónicamente y contrae un segundo matrimonio sin que el primero haya sido disuelto, este segundo matrimonio es nulo.
- Impedimento de Consanguinidad: el matrimonio entre hermanos o entre otros parientes cercanos está prohibido por derecho natural. En algunos casos, como el de primos hermanos, el obispo puede dispensar este impedimento.

Las causales más frecuentes en Neiva, según el Tribunal, incluyen:
- Inmadurez psicológica al momento del matrimonio.
- Falta de libertad o presión externa para casarse.
- Simulación del consentimiento (es decir, casarse sin la verdadera intención de asumir las obligaciones conyugales).
- Falta de fe o desconocimiento total del significado del matrimonio cristiano.
Vicios del Consentimiento
- Falta de Uso de Razón: una persona que no tiene uso de razón suficiente, posiblemente debido a una enfermedad psíquica, no puede dar un consentimiento válido.
- Defecto de Discreción de Juicio: si una pareja es presionada a casarse, por ejemplo, debido a un embarazo no planeado, y no han sido libres internamente para manifestar su consentimiento, el matrimonio puede ser nulo.
- Incapacidad para Asumir Obligaciones Esenciales: la grave inmadurez o trastornos de personalidad que incapacitan a una persona para cumplir con sus deberes conyugales son causas de nulidad.
- Error Acerca de la Persona: un error sobre la identidad del cónyuge puede anular el matrimonio, aunque hoy en día es menos común.
- Dolo para Obtener el Consentimiento: ocultar información esencial, como la esterilidad, para conseguir el consentimiento del otro puede ser motivo de nulidad.
- Simulación del Matrimonio: si uno de los cónyuges excluye internamente una de las propiedades esenciales del matrimonio (fidelidad, indisolubilidad, apertura a la vida) al momento de casarse, el matrimonio puede ser nulo.









