Por: Mario Solano
La consulta popular, consagrada en el Artículo 103 de nuestra Constitución y desarrollada por las leyes estatutarias (principalmente la Ley 134 de 1994 y la Ley 1757 de 2015), es una herramienta valiosa de la democracia participativa. la Corte Constitucional ha sido enfática en que la consulta no puede dejar sin competencias al legislativo ni predeterminar el contenido específico de las leyes de forma que anule el debate y la deliberación del congreso. El Congreso conserva su potestad legislativa.
El someter doce puntos complejos de una reforma laboral a un simple «Sí» o «No» conlleva un riesgo inherente de sobre simplificación, que aprovecha el gobierno, porque la ley que se cayo no era así de simple. Las reformas estructurales suelen requerir matices, negociación y tecnicismos que difícilmente se capturan en una consulta de un simple SI o NO. Ahora la acusación de que la consulta, financiada con recursos estatales, busca adelantar la campaña presidencial del próximo año no es menor.
La línea entre el ejercicio de un mecanismo democrático y su instrumentalización para fines electorales, es delgada en estos momentos. Realizarla en la antesala de las elecciones desequilibra la contienda, otorgando una plataforma al gobierno y sus candidatos con recursos del estado. Este es un punto que el Congreso, debe sopesar. Además, el costo económico de una consulta popular es considerable, 700 mil millones, cuando no hay para lo básico como la salud, es un factor relevante en un contexto de prioridades fiscales. El Congreso de la República tiene la potestad constitucional de aprobar o negar la convocatoria a esta consulta popular.
Su decisión no solo se basará en la conveniencia política, sino también en la oportunidad de la misma, cuando existe un déficit fiscal de mas de 40 Billones. Deberá evaluar si la consulta es el mecanismo idóneo, cuando ya corre un proyecto de ley en el congreso, sobre dicho tema y, si las preguntas son conducentes y si el momento es el adecuado, considerando el calendario electoral y la estabilidad institucional. En definitiva, Si bien la participación ciudadana es un pilar democrático, su ejercicio debe armonizarse con el respeto a las competencias y al momento que se vive en el pais. La decisión que tome el Congreso será un termómetro de la salud de nuestra democracia y de su capacidad para gestionar las tensiones inherentes al juego político.








