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Ley de competencias redefine el rol del Gobierno en obras municipales

Sep 10, 2025

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El borrador de la nueva ley de competencias, que desarrolla la reforma al Sistema General de Participaciones (SGP), plantea un cambio profundo en la distribución de responsabilidades entre Nación, departamentos y municipios. Dos artículos en particular han encendido el debate: podrían limitar el papel del Gobierno Nacional en la construcción de vías terciarias y obras de infraestructura local.

DIARIO DEL HUILA, NACIONAL
Este lunes se conoció oficialmente el borrador del proyecto de la ley de competencias, una propuesta de 176 páginas y 201 artículos que redefine el modelo de descentralización en Colombia. El texto busca dar desarrollo normativo a la reforma constitucional del Sistema General de Participaciones (SGP), la bolsa de recursos que la Nación gira a municipios y departamentos para financiar sectores clave como educación, salud, saneamiento y agua potable.

El principio que guía esta propuesta es el de subsidiariedad, que establece que “la ejecución de competencias debe ser ejercida por el nivel de gobierno más próximo a la ciudadanía”. Bajo esa lógica, al nivel municipal le corresponde la prestación de los servicios, al nivel departamental la articulación regional y la cooperación técnica, y al Gobierno Nacional la formulación de políticas públicas y la vigilancia a través de sistemas de seguimiento, monitoreo y evaluación.

Aunque el proyecto se enfoca en los ejes centrales del SGP, dos artículos van más allá y generan un cambio significativo en la relación entre Nación y municipios. Se trata de los artículos 82 y 83, incluidos en el capítulo de “otros sectores”.

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El artículo 82 establece que corresponde a los municipios “promover, financiar o cofinanciar inversiones de interés municipal y para el cierre de brechas, acordes con su plan de desarrollo”. En otras palabras, las inversiones locales deben estar definidas por los alcaldes y sus programas de gobierno, no por el Ejecutivo Nacional.

Este cambio impactaría directamente en uno de los ejes prioritarios del gobierno de Gustavo Petro: la construcción de vías terciarias. A través del Instituto Nacional de Vías Regionales (INVIR), el Ejecutivo ha impulsado una estrategia nacional para mejorar la conectividad rural. Sin embargo, de aprobarse la ley, quedará claro que la construcción y mantenimiento de estas vías será competencia de los municipios, aunque se deje abierta la posibilidad de cofinanciación desde el nivel central.

El artículo 83 profundiza en esta lógica al asignar a los municipios la responsabilidad de “asegurar, adecuar, gestionar, financiar, construir, mantener, administrar y optimizar el equipamiento necesario para el desarrollo local y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes”.

La definición de “equipamiento” incluye espacios y edificaciones destinadas a servicios formativos, culturales, de salud, bienestar social, deporte, recreación y administración pública. Esto significa que la construcción de parques, coliseos, plazas de mercado y otras infraestructuras locales deberá ser asumida principalmente por los municipios.

De aplicarse al pie de la letra, la norma pondría un freno a la tradición de distintos gobiernos nacionales —incluido el actual— de adelantar proyectos de infraestructura local que, en teoría, deberían ser responsabilidad de las administraciones municipales.

Las discusiones previas a esta iniciativa han insistido en la necesidad de respetar la autonomía territorial y fortalecer la descentralización. El argumento es que son los municipios los que mejor conocen las necesidades de sus comunidades y quienes deben decidir sobre las obras e inversiones de mayor impacto en su desarrollo.

No obstante, este cambio también plantea retos: no todos los municipios cuentan con la capacidad financiera, técnica o administrativa para asumir proyectos de gran envergadura. En ese sentido, la posibilidad de cofinanciación desde la Nación o los departamentos se vuelve clave para que la descentralización no derive en desigualdad entre territorios.

Un hecho relevante es que los artículos 82 y 83 van más allá de los sectores centrales del SGP (educación, salud, agua y saneamiento). La reforma incluso abre la puerta a que un 11,6 % de los recursos girados a municipios y departamentos se destinen a un propósito general, es decir, de libre uso en áreas como vivienda, transporte, desarrollo rural, medio ambiente, cultura, deporte, justicia, empleo, atención a grupos vulnerables, fortalecimiento institucional, equipamiento municipal, prevención de desastres y más.

En suma, la ley de competencias redefine el papel del Gobierno Nacional y coloca en los municipios la responsabilidad de gran parte de las obras que impactan de manera directa la vida de los ciudadanos. Mientras para algunos esto significa una oportunidad de fortalecer la autonomía territorial, otros temen que la medida limite la capacidad del Ejecutivo de impulsar proyectos estratégicos de desarrollo regional.

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