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La ley Ángel y la ley Lorenzo fueron sancionadas por el presidente

Abr 23, 2025

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Ambas leyes fueron impulsadas por la senadora Andrea Padilla Villarraga y contaron con el respaldo de varios congresistas como el representante Juan Carlos Wills Ospina, el senador Ariel Ávila Martínez, el representante Daniel Carvalho Mejía y la senadora Ana María Castañeda Gómez.

Ley Ángel: penas más severas contra el maltrato animal

La Ley Ángel actualiza el Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989) y establece mayores sanciones penales y económicas contra quienes cometan actos de crueldad hacia los animales. La norma rinde homenaje a Ángel, un perro víctima de un caso extremo de violencia en Saboyá (Boyacá), que falleció en febrero de este año tras meses de lucha por su recuperación.

Entre los principales cambios introducidos por esta ley se encuentran:

  • Penas privativas de libertad superiores a 4 años para quienes causen la muerte con dolo, lesiones graves o abuso sexual a un animal, lo que elimina la posibilidad de excarcelación.
  • Multas económicas más altas: entre 15 y 30 salarios mínimos por lesiones graves y entre 30 y 60 en caso de muerte del animal.
  • Sanciones accesorias, como la prohibición de tener animales por el doble del tiempo de la condena, inhabilidades para ejercer oficios vinculados con animales y la creación de un registro nacional de personas condenadas por maltrato animal, administrado por la Fiscalía y la Policía Nacional.

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Desde la penalización del maltrato en 2016, se han registrado más de 15.500 denuncias, pero solo el 1,4 % han terminado en condenas, según datos oficiales.

Ley Lorenzo: bienestar y sustitución tecnológica para perros de vigilancia

Inspirada en el caso de Lorenzo, un perro maltratado en un centro comercial de Bogotá, la Ley Lorenzo busca garantizar condiciones dignas para los canes que prestan servicios de vigilancia y fomentar tecnologías que permitan su reemplazo progresivo.

La norma estipula que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) deberá promover alternativas tecnológicas a los perros de seguridad. Mientras tanto, establece medidas estrictas para su bienestar:

  • Reducción de la edad máxima laboral de 8 a 6 años.
  • Esterilización obligatoria a partir de los 6 meses de edad.
  • Tiempos mínimos de descanso y esparcimiento, y condiciones adecuadas en caniles con luz, ventilación y confort térmico.
  • Planes de retiro obligatorio para los animales al concluir su vida laboral.
  • Instalación de cámaras de vigilancia en los espacios donde operan los perros.
  • Creación de un registro nacional de perros de seguridad privada, con su historial y estado de salud.

La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y las autoridades locales estarán encargadas de inspeccionar y hacer cumplir estas disposiciones.

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