Diario del Huila

La Corte Constitucional

May 30, 2025

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Por: JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR

La razón de ser de las la instituciones democráticas es la brindarle confianza a los ciudadanos sobre la estabilidad del sistema escogido por la Constitución para la gobernanza, dentro del marco de la ley, la Constitución somete el poder al imperio del derecho.  La Corte Constitucional cumple un papel fundamental como guardiana de la Constitución y por ende como juez del Congreso, para que no sobrepase los limites establecidos en la carta fundamental.

En la teoría se supone que los Magistrados son independientes y solo se deben a la Constitución; pero no hay que ser tan ingenuos; es evidente que son cargos de poder y para llegar a ellos, hay que realizar un largo recorrido, donde con el derecho, confluyen además, los caminos de la política y del poder.

El cuid del asunto radica precisamente en el sistema consagrado en la Constitución para la elección de los magistrados de la Corte Constitucional:  son nueve magistrados elegidos por el Senado, de ternas enviadas por el Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, para periodos de ocho años.

Por supuesto, que el Presidente no va a fallar en las ternas que envia;  va a integrar sus ternas con  personas afines a su gobierno;  hemos observado por ejemplo, que de los ultimos Presidentes, todos sin excepción han incluido en alguna terna a su Secretario Jurídico.

Se pensaría, que  el Presidente solo pone tres de los nueve Magistrados y la real independencia, se encuentra en los que ternan la Corte Suprema y el Consejo de Estado.  En teoría debería serlo; pero ese proceso tiene dos caminos dificiles de recorrer.  El primero, es la elaboracion de ternas, donde una mala práctica se ha incrustado, pues para el efecto intrigan altos funcionarios,  como Fiscal, Procurador, Contralor, quienes otorgan cuotas de poder en sus dependencias a los Magistrados, para luego comprometer su voto.    Pero el segundo paso es en el Senado, donde el ternado que aspire a salir electo, tiene que inclinarse ante la coalisión de gobierno para poder salir y nuevamente juega en su elección el ejecutivo.

Por supuesto, que grandes juristas no van a perder su independencia por participar en este espinoso y político proceso; pero de seguro quedan debiendo favores que tarde que temprano va a ser cobrados.   Por eso hemos  sostenido de tiempo atras que la revisión de sentencias judiciales por via de tutela, es el instrumento para permear a la justicia con la política.

La gran conclusión que sale de la experiencia, es que el diseño de la Constitución de 1991, para integrar la Corte Constitucional, dista mucho de ser perfecto y por el contrario se convierte en la valvula de escape para la salvaguarda de la misma Constitución, como ahora lo estan mirando los analistas de los hechos que vienen sucediendo y que van a suceder en Colombia. 

Para muestra un botón,  que piensan que podrá suceder al interior de la Corte con la reforma pensional, que se acusa de haber prescindido de un debate?  Cómo creen que votarán los ternados por el gobierno?.  Amanecerá y veremos como estan repartidas las fuerzas a su interior.

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