El Juzgado Tercero Administrativo de Neiva admitió una demanda de nulidad contra el Acuerdo 021 de 2025, que autorizó un crédito por $28.000 millones para reconstruir la tribuna occidental del estadio de fútbol. La acción, presentada por Johan Steed Ortiz, señala violaciones legales, falta de concepto del DNP y riesgo fiscal para el municipio, que deberá responder una medida cautelar en cinco días.
DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO
Neiva enfrenta un nuevo capítulo en la discusión sobre el financiamiento del proyecto para intervenir la tribuna occidental del estadio de fútbol. El 19 de noviembre de 2025, el Juzgado Tercero Administrativo admitió la demanda de nulidad simple contra el Acuerdo Municipal 021 de 2025, mediante el cual el Concejo autorizó a la Alcaldía contratar operaciones de crédito público hasta por $28.000 millones, recursos destinados a la obra incluida en el Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027.
La decisión también corre traslado de la medida cautelar solicitada por el demandante y otorga un plazo de cinco días al municipio de Neiva para pronunciarse, trámite que se adelanta en cuaderno separado dentro del expediente digital SAMAI.
Aunque la admisión no define el futuro del acuerdo, sí abre un pulso judicial que podría frenar la iniciativa temporal o definitivamente, dependiendo del análisis de fondo.
“Hay dudas graves sobre la legalidad del endeudamiento”: Johan Steed Ortiz
El demandante, Johan Steed Ortiz Fernández, aseguró que la decisión confirma que el debate sobre la financiación no es menor ni coyuntural, sino estructural:
“La decisión confirma que los argumentos expuestos ameritan un estudio de fondo y que existen dudas graves sobre la legalidad del endeudamiento aprobado.”
Según Ortiz, el acuerdo aprobado por el Concejo y sancionado por la administración municipal presenta vicios de procedimiento relacionados con falta de requisitos técnicos y legales, especialmente aquellos exigidos para créditos públicos territoriales.
A su juicio, el municipio no podía radicar ni aprobar el acuerdo sin contar con el concepto previo y obligatorio del Departamento Nacional de Planeación (DNP), requisito establecido tras la modificación del Decreto 1068 mediante el Decreto 1575 de 2022.
“Sin ese concepto, cualquier endeudamiento territorial queda jurídicamente comprometido.”
Precedentes: Teruel, Yaguará y una doctrina reforzada
Ortiz recordó que la situación ya ha sido objeto de decisiones judiciales previas:
- El Tribunal Administrativo del Huila declaró la nulidad del endeudamiento de Teruel por no contar con concepto del DNP.
- El Juzgado Segundo Administrativo de Neiva suspendió el acuerdo de Yaguará, también mediante medida cautelar, por la misma omisión.
- El Consejo de Estado ratificó este criterio al resolver una tutela del alcalde de Teruel, reiterando que el concepto previo de Planeación y la verificación del Ministerio de Hacienda son requisitos obligatorios y previos.
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Para Ortiz, lo ocurrido en Neiva evidencia una repetición de esos errores:
“Se repite el patrón: un endeudamiento aprobado sin estudios técnicos y sin cumplir la normatividad fiscal vigente.”
Municipio en saneamiento fiscal y con calificación negativa: un escenario más restrictivo
El demandante sostiene que la ilegalidad se agrava por las condiciones financieras del municipio:
- Neiva tiene calificación crediticia negativa según Fitch Ratings.
- El municipio está bajo plan de saneamiento fiscal.
- Las restricciones legales en esa condición hacen más exigentes los requisitos técnicos previos.
“A pesar de ello el trámite avanzó con las mismas falencias advertidas y sancionadas en otros municipios.”
Según Ortiz, la administración actuó con premura y sin soportes sólidos:
“Seguimos con un alcalde que improvisa, más enfocado en contratar que en planear.”
Un crédito para una sola tribuna: costos y dudas de sostenibilidad
Uno de los puntos más controvertidos es el alcance del proyecto. Los $28.000 millones del municipio, sumados a otros $28.000 millones aportados por la Gobernación del Huila, totalizan $56.000 millones, pero solo para la tribuna occidental.
Ortiz cuestiona la viabilidad integral de la obra:
“Arreglar las demás tribunas requiere al menos $85.000 millones adicionales que nadie ha explicado de dónde saldrán.”
Sumado a intereses, afirma, el endeudamiento podría duplicarse:
“Vamos a pagar casi lo mismo en intereses que el monto del crédito, para una sola tribuna.”
Eso, asegura, compromete la capacidad de endeudamiento de futuras administraciones:
“Estamos hipotecando el futuro de Neiva.”
Impacto social y deportivo: prioridades cuestionadas
Ortiz afirma que el enfoque financiero ha dejado de lado la función social del deporte en la ciudad. Señaló que otros escenarios presentan deterioro, especialmente las piscinas de la Villa Olímpica.
“Podemos dejar el estadio funcionando y arreglar las piscinas, donde entrenan niños y jóvenes.”
Según sostiene, la ausencia de espacios deportivos afecta la prevención social:
“Cuando la juventud está en el deporte, no cae en malas manos ni en vicios.”
También critica los tiempos estimados para la obra:
“Al equipo le dijeron que la obra puede tardar 10 años si nada falla. Si algo falla, 12 o 15. ¿Cuánto tiempo más estaremos sin estadio?”
Cuestionamientos al Concejo: advierten falta de rigor
Ortiz fue enfático al señalar responsabilidad política y disciplinaria en el Concejo Municipal, especialmente hacia el ponente Sebastián Prieto.
“Advertimos la ilegalidad y aun así fue aprobado con mínima rigurosidad. Ignoraron expertos y advertencias técnicas.”
Por ello pidieron a la Procuraduría investigar la actuación de los cabildantes:
“Deben ser sancionados porque no exigieron los requisitos legales y técnicos.”
Según el demandante, la aprobación respondió más a intereses políticos que a planificación técnica:
“Preferieron pasar el proyecto rápido para congraciarse con el alcalde.”
Lo que está en juego: un modelo de ciudad
Ortiz afirma que la discusión no es únicamente jurídica ni financiera, sino estratégica:
“Sí merecemos un estadio digno, pero uno que resuelva los problemas, no uno que deje la mitad de la obra y la otra mitad para que otros la paguen.”
La demanda, asegura, busca transparencia y sostenibilidad:
“Neiva tiene quien la defienda. Queremos claridad sobre el uso de cada peso.”
¿Qué viene ahora? Etapas del proceso
El caso avanzará así:
1. Respuesta del municipio a la medida cautelar (5 días).
2. Decisión sobre suspensión provisional del acuerdo.
3. Inicio del estudio de fondo y etapa probatoria.
4. Sentencia de nulidad o ratificación del acuerdo.
Un fallo adverso dejaría sin soporte jurídico el endeudamiento; uno favorable habilitaría la obra bajo condición de cumplir requisitos adicionales.

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