Diario del Huila

Garzón sin mapa de riesgo AVR

May 31, 2025

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AMADEO GONZALEZ TRIVIÑO

Desde los primeros días del mes de enero del presente año, pudimos acercarnos al señor Alcalde Municipal para advertirle sobre los efectos de una decisión del Juzgado Décimo Administrativo del Circuito de Neiva, que cobró ejecutoria y quedó en firme, mediante el cual, se declaró la nulidad del Decreto 0162 del año 2020, mediante el cual, como una alcaldada propia de los mandatarios de provincia, se dispuso incorporar en el PBOT, un mapa de riesgos elaborado por una empresa con el apoyo y aval de la CAM.

Esta decisión tenía su razón de ser, en el hecho de que, por una parte, no se había surtido con el proceso de socialización con la comunidad del mencionado mapa de riesgos, y especialmente por cuanto el Alcalde Municipal, no era competente para revisar, modificar, incorporar o hacer cualquier acto administrativo en el PBOT, dado que todo lo que se mueve en torno a ese acto administrativo, es solo competencia del Concejo Municipal.

Adicionalmente se destacó la forma como el Decreto 0162 del 2020, había incorporado el inicial mapa de riesgo presentado y oficializado por la CAM, y no el que posteriormente se utilizó como reemplazo, con lo cual, se suplantó el original por un mapa modificado. Y dicha modificación fue elaborada y diseñada, como una estrategia de la CAM, para poder construir lo que hoy es la sede central administrativa de sus instalaciones en lo que se denominaba por entonces el “BOSQUE EMPUGAR”, en la intersección de la vía donde confluye el ingreso al Barrio la Independencia y la Carretera que conduce al poblado de Zuluaga.

Se tiene la certeza de que una vez aprobado el AVR, mediante el mencionado Decreto, la CAM presentó solicitud de licencia de construcción y se estableció en ese momento que de conformidad al mapa de riesgos, la zona era de alto riesgo y no se podía conceder licencia de construcción para dichas instalaciones, lo que motivó que se procediera a cambiar el diseño del mapa de riesgo y se suplantara el original, por uno donde se sacó el BOSQUE EMPUGAR, de ese impedimento y se argumentó que no era zona de riesgo, y fue gracias a esa “jugadita” que está pendiente de ser evaluada jurídicamente, que se pudo conceder dicha licencia de Construcción a la CAM, cuando el predio en mención fue cedido por EMPUGAR mediante una escritura pública en la que se condicionó a la construcción dentro de los cinco años siguientes a la fecha de donación, para un “SENDERO ECOLOGICO”, sin que hasta la fecha se haya proyectado, y no haya funcionarios, concejales o ciudadanos que hayan adelantado gestión alguna tendiente al cumplimento de dicha condición resolutoria de dicho contrato de donación a la CAM.

Muchos ciudadanos, concejales y funcionarios públicos, desconocen que el AVR es un estudio detallado de Amenaza, Vulnerabilidad y Riesgo para Movimientos en Masa e Inundaciones, que debe existir en cada población colombiana, tanto a nivel rural como urbano, por mandato legal, con ese estudio, se pretende dar una visión acerca de los riesgos que están latentes en el municipio, y así dar un mejor enfoque a su ordenamiento territorial evitando desastres que pueden ser prevenidos con la debida atención y es así como se determinan zonas que debe ser reubicadas, zonas donde no se puede conceder licencia de construcción, zonas donde debe existir la intervención de la administración pública, para generar mecanismos que eviten las consecuencias de los desastres naturales.

Lo que se viene viviendo con la actual situación de calamidad por el invierno en Garzón y muchas poblaciones del centro del departamento y a nivel nacional, son un llamado de atención que no es de ahora, que exige y demanda que se adopten los procedimientos para solucionar este tipo de problemas a la comunidad en general, sea rural o urbana, y nuestro municipio, se ha dormido en los laureles porque sus funcionarios en forma irresponsable, han hecho caso omiso en tomar las medidas y adoptar los procedimientos que les corresponde por mandato de la Ley 1523 del 2012, y es responsabilidad de todas las instituciones y la población, y son las alcaldías y Gobernación los responsables primarios en la implementación de los procesos de gestión del riesgo de desastres y creemos que cuando haya conciencia de ésta realidad, los mismos ciudadanos tienen todas las acciones legales para demandar y exigir patrimonialmente responsabilidades económicas ante la ausencia de la implementación conforme a las normas legales del AVR.

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