Un fallo de acción de control de nulidad simple suspendió provisionalmente el empréstito por 4.500 millones de pesos que buscaba financiar la ejecución del Plan de Desarrollo 2024–2027 en el municipio de Yaguará. La decisión fue adoptada por el Juzgado Segundo Administrativo de Neiva, que decretó una medida cautelar mientras se resuelve de fondo la acción interpuesta.
Por: Francy Villarreal Ruiz.
El objeto de la acción es el Acuerdo No. 004 del 6 de mayo de 2025, expedido por el Concejo de Yaguará, que fue aprobado el pasado mes de mayo, y donde se autoriza al alcalde Lenin Alberto Trujillo González a adquirir un endeudamiento y contratar un empréstito por un monto de hasta $4.500 millones, con el fin de financiar proyectos de inversión contemplados en el Plan de Desarrollo 2024-2027 y propiciar la reactivación económica del municipio.
El demandante Luis Fernando Casallas Rivas, peticionaba la nulidad del Acuerdo, alegando que se omitió un requisito legal esencial; en este caso la no inclusión del concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación -DNP durante el trámite ante el Concejo Municipal.
Según la parte actora, esta omisión transgrede el inciso cuarto del artículo 2.2.1.6 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 1575 de 2022, que exige este concepto para operaciones de crédito público internas destinadas a financiar gastos de inversión.

Suspensión provisional
Tras la negativa de una primera solicitud de medida cautelar en septiembre de 2025, el demandante insistió en la suspensión provisional del Acuerdo, argumentando que el acto está produciendo efectos jurídicos, ya que el municipio se encuentra en proceso de radicación de documentos ante entidades financieras para suscribir los contratos de empréstito.
Municipio se opuso a la medida
El ente territorial se opuso a la medida cautelar, solicitando que se niegue. En su momento, el municipio argumentó que la nueva solicitud era idéntica a la anterior y no presentaba hechos sobrevinientes, ni un sustento jurídico diferente que justificara reanalizar lo ya decidido.
Además, señaló que la petición carecía del mínimo estándar argumentativo necesario para su estudio.
Argumentos de la decisión
El Juzgado abordó dos problemas jurídicos principales, el primero, si la solicitud de medida cautelar cumple con los requisitos mínimos para su análisis y procedencia. Y el segundo, si debe decretarse la suspensión provisional del Acuerdo No. 004 de 2025.
En su análisis preliminar, el Despacho concluyó que la nueva solicitud sí reunía los requisitos mínimos para su estudio, contrariamente a lo alegado por el municipio.
Por tanto, el juez estimó que el escrito del demandante cumplía con identificar claramente la norma transgredida; la falta del concepto DNP y el fundamento de la violación, lo cual se considera suficiente para la procedencia de la suspensión provisional, cuyo fin es proteger provisionalmente la legalidad, principio relevante dentro de los conceptos de ponencia de este tipo de iniciativas por parte de los Concejos Municipales.

Los votos en el Concejo
El endeudamiento fue aprobado el pasado mes de mayo de este año, en el cabildo y la votación fue de la siguiente forma:
Tres votos negativos, los de los concejales Valeria Trujillo Monje, Franklin Hernández y Luis Eduardo Camacho Joven.
Y nueve votos positivos que fueron los de Willington Cerquera; presidente de la Corporación, Oscar Cabrera, Juan Lemus, Ricardo Perdomo, Ernesto Pastrana Polanco y Elber Fernando Coronado.
Cabe aclarar, que este medio de comunicación hablò con el presidente de la Corporación, Willington Cerquera, quien señaló que revisaría la documentación del Acuerdo, y que hasta tanto tuviera la información recopilada, accedería a una entrevista.
Lo que sigue
En el departamento del Huila, al caso que afronta Yaguará con la medida cuartelar, se suma el endeudamiento en Teruel, donde el Concejo Municipal aprobó una autorización para que el alcalde Germán Morales Oliveros realizara un crédito de hasta 3 mil millones de pesos para financiar proyectos en el municipio. Sin embargo, la Gobernación del Huila objetó la autorización, argumentando que no contaba con el respaldo del Departamento Nacional de Planeación. Actualmente, el Tribunal Administrativo del Huila está analizando la validez de este acuerdo, lo que afecta la viabilidad de los proyectos en curso.
De igual forma el crédito por 80 mil millones de pesos de Neiva, un recurso de apelación a la medida cautelar interpuesta por el exconcejal Johan Steed Ortiz Fernández, y recientemente la polémica se concentra en el municipio de Baraya con la aprobación inesperada de un crédito por $2.500 millones.
La reflexión que queda clara es frente a la aplicación de los principios de legalidad y conveniencia, que al parecer no se están dando en los proyectos de endeudamientos municipales, que finalmente terminan en la incapacidad fiscal de asumir la deuda pública, y la no inversión final de los recursos.
Aunque el crédito ya fue aprobado en el municipio de Yaguará no se ha caído del todo, la medida cautelar ‘pausa’ el proceso; sin embargo, cabe dilucidar que solo resta esperar si el fallo declara el Acuerdo procedente o improcedente.

¿Sin concepto del DNP?
Diario del Huila habló con Luis Fernando Casallas, el abogado que interpuso la acción de nulidad simple al crédito en el municipio de Yaguará, y entrega las pretensiones de la acción, al igual que despeja dudas frente a algunos señalamientos.
¿Cuál fue el interés de adelantar dicha acción judicial?
En realidad, porque considero que está haciendo carrera en el departamento de Huila, solicitar empréstitos cuando los municipios no tienen la capacidad económica para hacerlo y el Consejo para aprobarlo porque son ilegales. De otro lado porque hay municipios que ya tienen un endeudamiento vigente, que está en curso, que ni siquiera lo han pagado y están sometiendo a las finanzas de los municipios a un riesgo que implican estos nuevos endeudamientos.
Entonces, en este caso concreto del municipio de Yaguará, el suscrito abogado lo que lo que hizo fue entablar una acción de nulidad simple con el propósito de que se decreta la nulidad del Acuerdo Municipal número 004 de 2025 expedido por el Consejo Municipal de Yaguará, y básicamente por cuanto no cumplía con los lineamientos establecidos en la normativa vigente. Específicamente que no contaba con el concepto emitido por el Departamento Nacional de Planeación que a nivel jurisprudencial y ya varias sentencias incluso acciones del Tribunal Contencioso Administrativo de Huila han fallado que esos entendimientos no se pueden tramitar o los Concejos Municipales no los pueden aprobar cuando no cuenten con ese concepto el Departamento Nacional de Planeación.
¿Esto es un tema de legalidad?
Sí, es decir, aquí lo lamentable en este asunto es que los alcaldes conociendo la situación, y que existen precedentes por parte del Tribunal Contencioso Administrativo, siguen solicitando empréstitos sin contar con los requisitos legales y sin el concepto del Departamento Nacional de Planeación.
A mi juicio están actuando de mala fe, hay un caso preexistente en municipio de Teruel, incluso hay otras solicitudes que, en el municipio de Baraya, donde a sabiendas de que son abiertamente ilegal porque no cuentan con ese concepto del Departamento Nacional de Planeamiento.
Ese concepto no es que quieran o no quieran hacerlo los Concejos Municipales, es una obligación de orden legal.
¿Su actuación tiene tinte político?, sabemos que es hermano de actual secretario de gobierno del Huila y exalcalde de este municipio.
En lo que respecta a i hermano, es un tema aislado, es decir, yo no yo no estoy atacando la gestión, pues las circunstancias son diferentes. Hoy la situación es distinta, y lo que ocurre ahora es que el municipio viene con un endeudamiento, no se ha pagado y quieren hacer un endeudamiento nuevo, es decir, no se pueden comparar los casos de ninguna manera. Y por otra parte, digamos, en esa época no había la jurisprudencia que hay ahora, ahora sí hay jurisprudencia clara y sentada del Tribunal Contencioso Administrativo donde dice, digamos, la duda está despejada en el sentido que algunos abogados aseguraban que no se necesitaba el concepto del Departamento Nacional de Planeación, porque ya el Tribunal Contencioso y Ministerio de la Justicia este año, determinó claramente, que es una exigencia a orden legal que no se puede pasar por alto.
Entonces, aclaro que aquí no hay ningún tema de tinte político en lo absoluto. Yo estoy sencillamente defendiendo los intereses en este momento del municipio de Yaguará por cuanto consideramos que, en incluso, hubo unos concejales que se opusieron al endeudamiento. Yo sencillamente lo que propendo es porque las cosas se hagan conforme a la a la legalidad y que el municipio afectado por una descategorización.

“La decisión afecta a las comunidades”
El alcalde del municipio de Yaguará Lenin Alberto Trujillo González se pronunció a través de este medio de comunicación, aduciendo que la medida cautelar afecta directamente a las comunidades beneficiadas con los proyectos donde se invertirían los recursos, y que pese a esto la acatan.
Trujillo González afirmó que acatan la medida cautelar, porque es una medida cautelar, no es un fallo; sin embargo, como administración se encuentran tomando las respectivas medidas jurídicas para determinar de qué manera no se afectan los intereses de las personas.
“Yo creo que ese crédito indudablemente representa es el sentir de una comunidad y la comunidad es que necesitan vivienda, y que nosotros logramos cuando llegamos a la administración, pues sacar adelante un proceso de vivienda que no tenía viabilidad ni técnica, ni financiera tampoco jurídica. Nosotros sacamos adelante “Mi Casa Ya”, y como es de conocimiento público, el 16 de diciembre del año pasado, pues el gobierno nacional retira este apoyo a las familias a nivel nacional. Yaguará tenía este proyecto de 100 viviendas que habíamos logrado sacarlo adelante y nosotros veníamos ya en su ejecución”.
Expuso el mandatario que el monto del endeudamiento por $4500 millones está destinado solo para inversión social, de los cuales 2000 millones son para apoyar “Mi Casa Ya”, y 2500 millones para compra de predios para proyectar 350 lotes.
Referente al tema de discusión, de la legalidad del proyecto señaló el alcalde Lenin Alberto, que continuarán en el proceso, ya que es decisión de medida cautelar; y que sin embargo, están determinando como Administración las medidas jurídicas también con el equipo para responder.
“Buscaremos todas las alternativas. Yo he sido un hombre diligente que ha logrado sacar adelante los proyectos de vivienda, y terminar todos y cada uno de los proyectos que quedaron en ejecución cuando llegamos a posicionarnos y administrar el municipio y aquí continuaremos en el mismo proceso, y es de buscar una solución para que esta familia realmente pueda por fin tener esa vivienda propia y digna”.

“Mi voto fue negativo»
Diario del Huila habló con la concejala del municipio de Yaguará; Valeria Trujillo, quien expuso los motivos por los cuales no respaldó la solicitud de la administración, a la vez que dejo claro que su decisión nunca irá en contra de la inversión social en beneficio de la comunidad de su municipio.
¿Concejala por qué votó negativo el crédito?
Como lo dije en sesiones de mayo, cuando se pasó por el Concejo Municipal esa iniciativa de la administración municipal del crédito del empréstito Lo dije muy claramente en la sesión plenaria de que no estábamos de acuerdo porque al proyecto le faltaban muchas tenía muchas falencias en el tema de planeación.
Claramente me uno a las familias del programa “Mi Casa Ya”; porque siento el dolor que deben estar sintiendo ahora, pero yo me acojo a lo que se enmarca la Corporación.
¿Qué vio usted que le faltaba al proyecto del crédito?
Claramente estaba de acuerdo con el proyecto de “Mi Casa Ya”, pero no estaba de acuerdo con el otro proyecto que querían destinar $2.500 millones para compra de inmuebles de vivienda de interés social.
Es decir, a mí no me convenció sinceramente de fondo el segundo proyecto directo para poder votar positivo la ponencia. Pero quiero aclarar, que estoy del lado de las familias, pero también quiero que se hagan las cosas bajo la legalidad.








