El presidente Gustavo Petro anunció la declaratoria de estado de conmoción interior y emergencia económica en el Catatumbo debido a la grave crisis de orden público que enfrenta la región. La medida, sustentada en los artículos 212, 213 y 215 de la Constitución, otorga facultades extraordinarias al Gobierno para contener la violencia, que ya ha dejado cerca de 100 muertos.
DIARIO DEL HUILA, ACTUALIDAD
El presidente Gustavo Petro ha declarado el estado de conmoción interior y emergencia económica en el Catatumbo debido a la grave situación de orden público que se vive en la región, donde ya se registran cerca de 100 muertes. Sin embargo, hasta el momento no se ha especificado si estas medidas especiales se aplicarán solo en la zona o tendrán un alcance nacional.
Las bases constitucionales de la declaratoria
Para tomar esta decisión, el mandatario hace uso de los artículos 212, 213 y 215 de la Constitución Política de 1991, los cuales facultan al presidente para instaurar medidas extraordinarias en casos de grave alteración del orden público, con el fin de preservar la estabilidad institucional, la seguridad del Estado y la convivencia ciudadana.
Según la Constitución, el estado de conmoción interior puede ser decretado cuando una situación de grave perturbación del orden público no pueda ser controlada mediante las atribuciones ordinarias de las autoridades. Esta medida tiene una duración inicial de 90 días, prorrogables por dos períodos adicionales de igual duración, lo que podría extenderla hasta 270 días. Para la segunda prórroga, el presidente necesitará el concepto previo y favorable del Senado de la República.
Por otro lado, el estado de emergencia económica puede declararse ante hechos que perturben gravemente el orden económico, social o ecológico del país, o que constituyan una calamidad pública. En este caso, la medida tiene una duración de 30 días por cada declaratoria, sin superar los 90 días en un mismo año.
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Alcance de la medida y sus implicaciones
Esta declaratoria le otorga al presidente Gustavo Petro facultades extraordinarias para expedir decretos legislativos que podrán suspender leyes incompatibles con la medida, las cuales dejarán de regir una vez se restablezca el orden público. Además, el Congreso podrá reunirse en un plazo de tres días para evaluar la situación y el presidente estará obligado a presentar un informe detallado sobre las razones que motivaron la declaratoria.
Cabe resaltar que, según la Constitución, ninguna medida adoptada podrá vulnerar los derechos humanos ni las libertades fundamentales de los ciudadanos. Además, los decretos expedidos bajo esta figura serán revisados de manera inmediata por la Corte Constitucional para determinar su legalidad y pertinencia.
Poderes adicionales del Gobierno
En el marco del estado de conmoción interior, la Ley 137 de 1994 regula los estados de excepción y establece que el presidente podrá suspender a alcaldes o gobernadores si estos contribuyen a la perturbación del orden o entorpecen la acción de la fuerza pública. De igual manera, podrá designar temporalmente otras autoridades civiles para garantizar la estabilidad en la región afectada.
Es importante destacar que la declaratoria de estado de conmoción interior y emergencia económica no se hacía en Colombia desde hace 17 años, lo que refleja la gravedad de la situación en el Catatumbo y la urgencia de adoptar medidas para controlar la crisis de orden público y social en la región. Ahora, el Gobierno Petro deberá expedir el decreto correspondiente, en el que se detallarán las acciones a implementar y el alcance exacto de la medida.

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