Para este 2025, los arrendadores podrán incrementar el canon de arrendamiento hasta un máximo del 5,2%, pero únicamente al momento de renovar el contrato de alquiler. En el Huila el 31% de los hogares viven en arriendo o subarriendo y el 28,5% de hogares ocupaban viviendas en déficit habitacional.
DIARIO DEL HUILA, HUILA
Por: Leidy Catalina Durán Vásquez
La Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) dio a conocer a la ciudadanía en general, propietarios, arrendatarios y público que el aumento del canon de arrendamiento permitido por ley para el año 2025 será de 5,20%, el cual afecta directamente a los más de 21 millones de colombianos que viven en arriendo, equivalentes al 40,3% de los hogares del país, según datos oficiales.
En ese sentido, este porcentaje es el máximo que podrá aplicarse para ajustar el valor del arriendo mensual de una vivienda urbana en contratos que cumplan un año de vigencia, de acuerdo con lo señalado en la Ley 820 de 2003.
“En Colombia más de $27 billones son generados por arriendos de inmuebles de uso residencial. Esto se traduce en que 40,3% de los hogares vive en arriendo, 7 millones de familias, mientras que 39% de los hogares son propietarios”, explicó Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas.
Por ejemplo, si un inquilino paga actualmente $1.000.000 mensuales, el nuevo valor del arriendo sería de $1.052.000, lo que representa un incremento de $52.000.
Este porcentaje se da, luego de que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE reportara que la variación anual del índice de precios al consumidor (IPC) del 2024 fue de 5,20 %, con esta cifra se puede fijar el incremento de los cánones de arrendamiento de vivienda urbana.
Es así, como el artículo 20 de la Ley 820 del 2003 ordena que cada 12 meses de ejecución del contrato el arrendador puede incrementar el canon hasta en una proporción que no sea superior al incremento del IPC del año anterior.

El precio mensual del arrendamiento no puede exceder el 1 % del valor comercial del inmueble o de la parte dada en arriendo y la estimación comercial no podrá exceder el equivalente a dos veces el avalúo catastral vigente.
De acuerdo con la ley, no todos los arriendos se incrementan en enero, revise su contrato y cuando cumpla los 12 meses de la última renovación o prórroga es la fecha de reajuste.
“Los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado o a partir del último incremento y que el aumento definido es legal siempre y cuando éste no supere el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada”, expresó el presidente de Fedelonjas.
Tampoco aplica incremento para contratos de vivienda firmados antes de julio 10 del 2003 o en caso de alquiler de inmuebles para uso comercial. En usos como locales, bodegas, consultorios y oficinas el incremento deberá acordarse entre las partes.
Informe del DANE
En el 2024, el DANE reveló importantes hallazgos sobre la composición demográfica y las tendencias de vivienda en Colombia, según los resultados de la Encuesta de Calidad de Vida 2023.
La población de Colombia se ubicó en 52,3 millones de personas, distribuidas en cerca de 18 millones de hogares, de los cuales el 40,3% de los hogares colombianos viven en condiciones de arrendamiento o subarrendamiento, mostrando un leve aumento comparado con el 40,2% registrado en 2022.
Esto diferenció con un 35,4% de hogares que lograron adquirir y pagar por completo sus viviendas, y un 14,5% que reside en una propiedad con permiso del dueño sin costo alguno.
De acuerdo con Ramírez, factores como la urbanización, la movilidad laboral, las preferencias generacionales y las capacidades financieras han influenciado en el aumento de personas que viven en arriendo. En 2018, la participación del arriendo era de 33,5%, mientras que la de vivienda propia era de 47,9%. En 2023 la participación de arrendatarios ascendió a 40,3% y la de propietarios cayó a 39,6%. “El 89% de los hogares que arriendan viven en estratos 1, 2 y 3.
Por otro lado, el estudio también suministró datos consoladores sobre el déficit habitacional, el cual disminuyó del 30,4% en 2022 al 28,9% en 2023, indicando una mejora en el acceso a la vivienda.
Además, se resaltó que el 45,4% de los hogares en Colombia están comandados por mujeres cabeza de familia, lo que señala el papel fundamental de las mujeres en el núcleo familiar y en la sociedad colombiana.

En Huila
Según el informe, en el Huila el 31% de los hogares viven en arriendo o subarriendo y el 28,5% de hogares ocupaban viviendas en déficit habitacional.
A su vez que el 26,7% de personas manifestaron estar afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud. (73,3% de personas no tiene afiliación al sistema de salud).
Diario del Huila consultó con varias personas en actualmente viven en arriendo o tienen en arriendo alguna vivienda en la capital opita y esto fue lo que manifestaron frente al aumento que recibirán este año.
Laura Pérez, residente del barrio Oasis dio a conocer que lleva 2 años viviendo en arriendo, y que actualmente paga $450.000, hasta el momento, el dueño de la vivienda no le ha manifestado que pagará más, sin embargo, ella asume que en marzo que cumple año le subirá.
“Yo pago $ 450.000 y según como han salido en las noticias el arriendo subirá un 5%, es decir que haciendo cuentas me va tocar pagar en marzo por hay $480 yo creo, aunque el dueño todavía no me ha dicho nada, esperar a ver qué pasa”, indicó Pérez.
Por otro lado, Santiago García, dueño de un apartamento en Bosques de San Luis, tenía en arriendo su propiedad en $ 500.000 en el 2024, y ya le notificó al arrendador que a partir de febrero el costo será de $ 550.000.
“Ya le dije a la señora que vive en el apartamento que a partir de febrero el arriendo costará $ 550.000, porque todo está muy caro, todo ha subido, al principio no le gustó, pero no me ha dicho que me entrega el apartamento, ella ya lleva varios meses viviendo ahí con sus hijos”, sostuvo.
Finalmente, Lorena Cardozo quien lleva cuatro años en arriendo en el barrio Limonar manifestó que el dueño de la casa le dijo que después de junio revisaban el tema del aumento del arriendo, pues durante estos años que lleva viviendo ahí, solo le ha aumentado una sola vez.
“Llevo viviendo cuatro años aquí, empecé pagando $ 400 mil pesos, el año pasado me subió solo 50 mil, él ha sido muy generoso con nosotros, porque conoce nuestra situación, yo llevé meses sin poder trabajar y él nos esperó hasta que nos pudiéramos poner al día, entonces ha sido poco lo que nos ha subido el arriendo, vamos a esperar que nos dice después de junio que cumplimos año”, contó Lorena.
Recomendaciones de Fedelonjas
Más de $ 27 billones son generados por arriendos de inmuebles de uso residencial, 40,3 % de los hogares vive en arriendo, es decir, 7 millones de familias, mientras que 39 % de los hogares son propietarios, explicó Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas.
El gremio nombró los aspectos más relevantes del incremento para tener en cuenta:
- El incremento es aplicable solo al momento de la renovación o prórroga del contrato de arrendamiento y siempre con previa comunicación por escrito por parte del arrendador.
- La notificación del aumento del valor del canon y la fecha en que se empezará a aplicar se debe hacer por escrito y a través de correo postal autorizado o a través del canal de notificaciones dispuesto en el contrato.
- El arrendador es libre de aplicar el porcentaje en que incrementa el canon o de abstenerse de hacerlo respetando los topes previstos.
- El arrendatario en caso de incumplimiento de lo dispuesto en la norma puede acudir a los entes de control de cada municipio para solicitar el ajuste de su canon de arrendamiento, lo cual puede llegar a implicar sanciones económicas para el arrendador.
- La notificación del aumento debe incluir la fecha en que se empezará a aplicar.
- No haga contratos verbales, siempre deben hacerse contratos por escrito, para evitar confusiones o abusos en el futuro.
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