La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia asumió el estudio de la tutela que permitió la libertad del expresidente Álvaro Uribe Vélez. En un plazo máximo de 20 días, el alto tribunal deberá decidir si mantiene, modifica o revoca el fallo del Tribunal Superior de Bogotá, en el marco del proceso por manipulación de testigos que enfrenta el exmandatario.
DIARIO DEL HUILA, ACTUALIDAD
La situación judicial del expresidente Álvaro Uribe Vélez vuelve a estar en el centro del debate jurídico y político del país. La Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala de Casación Penal, asumió la revisión de la tutela que ordenó su libertad el pasado 19 de agosto, cuando el Tribunal Superior de Bogotá consideró que la detención domiciliaria impuesta no tenía los soportes suficientes.
El caso fue repartido y quedó en manos de una sala conformada por tres magistrados: la presidenta de la Sala Penal, Myriam Ávila Roldán; el expresidente de la Corte, Gerson Chaverra; y Diego Eugenio Corredor Beltrán, quien actuará como magistrado ponente y será el encargado de presentar la ponencia que se discutirá en el pleno de la Sala.
Revisión de segunda instancia
La revisión obedece a la impugnación presentada por las víctimas del proceso contra Uribe por manipulación de testigos, quienes cuestionaron la decisión del Tribunal Superior. Según los términos procesales, la Corte Suprema tiene hasta 20 días para definir si confirma, modifica o revoca la decisión que permitió la libertad del exmandatario.
El eventual fallo puede tener tres caminos. Si se confirma, Uribe mantendrá su libertad mientras avanza la apelación de la condena a 12 años de prisión domiciliaria. En caso de modificarse, la Corte podría sentar nuevos precedentes sobre el alcance de la detención preventiva y el respeto al debido proceso. Finalmente, si la tutela es revocada, la medida de aseguramiento se reactivaría de inmediato.
Cualquiera de estos escenarios será de cumplimiento obligatorio. Sin embargo, aún existe la posibilidad de que la Corte Constitucional, en ejercicio de su competencia, decida revisar de fondo la tutela para fijar lineamientos generales sobre el uso de medidas de aseguramiento en procesos penales de alto impacto.
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El fallo del Tribunal Superior de Bogotá
La decisión que hoy estudia la Corte Suprema tuvo origen en el pronunciamiento del Tribunal Superior de Bogotá, que el pasado 19 de agosto ordenó la libertad inmediata de Álvaro Uribe. En su análisis, los magistrados concluyeron que la jueza 44 Penal del Circuito, Sandra Liliana Heredia, no sustentó de manera suficiente la imposición de la medida de detención domiciliaria.
El tribunal señaló que la jueza recurrió a razones “vagas, indeterminadas e imprecisas” como la necesidad de preservar la convivencia pacífica o enviar un mensaje ejemplarizante. Para los magistrados, estos argumentos no son válidos en el caso concreto, ya que las conductas atribuidas a Uribe afectan a personas específicas y no a la sociedad en general.
De acuerdo con el fallo, utilizar conceptos abstractos para restringir la libertad equivale a imponer una sanción anticipada, lo que vulnera el principio de presunción de inocencia.
Críticas al uso de la notoriedad pública
Otro de los argumentos rechazados por el Tribunal fue el uso del reconocimiento público de Uribe como justificación de la medida. La jueza Heredia había sostenido que, por tratarse de una figura política de relevancia nacional, debía permanecer privado de la libertad para evitar un mensaje de impunidad.
El Tribunal Superior recordó que el sistema jurídico colombiano prohíbe aplicar el denominado “derecho penal de autor”, es decir, imponer restricciones por la condición o relevancia pública de una persona y no por los hechos concretos que se le imputan. “La responsabilidad penal debe fundamentarse en hechos probados, no en la personalidad o la notoriedad del procesado”, precisaron los magistrados.
Riesgo de fuga descartado
La jueza también había señalado que existía un riesgo de fuga, en razón de la proyección internacional del expresidente. No obstante, el Tribunal concluyó que no existían pruebas que respaldaran esta afirmación. Por el contrario, destacó que Uribe siempre se presentó a las diligencias judiciales, no incumplió citaciones, no tiene antecedentes penales y la etapa probatoria ya había culminado, eliminando así la posibilidad de manipulación de testigos.
Próximos pasos
Con este panorama, la Corte Suprema deberá pronunciarse en los próximos días sobre la validez de la decisión que permitió la libertad del expresidente. La expectativa es alta no solo por la relevancia del procesado, sino también por el alcance jurídico que puede tener el fallo en materia de garantías procesales y medidas restrictivas de la libertad en Colombia.
El desenlace de este episodio marcará un nuevo capítulo en la larga controversia judicial que ha acompañado a Álvaro Uribe Vélez, una figura central de la política nacional, cuyo proceso continúa despertando intensos debates en la opinión pública y el ámbito institucional.
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