La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra Ildefonso Atahualpa Polanco, exdirector de la sucursal del Banco Agrario en el municipio de Colombia, Huila, por el delito de concusión.
La decisión pone fin a una prolongada disputa judicial iniciada tras la denuncia de dos mujeres representantes de una organización de madres cabeza de familia, quienes lo acusaron de haber solicitado un soborno para aprobar un crédito.
Los hechos se remontan al 26 de octubre de 2007, cuando Amparo Reyes Prieto y Clara Inés Sierra Roa, voceras de la comunidad Nazarenos de Dios Bien Amado, acudieron a la entidad financiera para gestionar un préstamo ganadero por valor de 9.5 millones de pesos. Según el expediente, al salir de las instalaciones fueron abordadas por Polanco, quien presuntamente les pidió 500 pesos por cada una de las 38 solicitantes del crédito, suma que ascendía a un millón de pesos.
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Inicialmente, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Neiva absolvió al exfuncionario, argumentando que no se había probado con suficiente contundencia la comisión del delito. El juez consideró que las denunciantes no evidenciaron haber actuado bajo temor ni se comprobó que la solicitud de dinero hubiera condicionado efectivamente el trámite del préstamo.
Sin embargo, tras la apelación presentada por la Fiscalía y el apoderado de las víctimas, el Tribunal Superior de Neiva revocó la absolución y emitió una condena de ocho años de prisión, una multa equivalente a 66 salarios mínimos mensuales vigentes y una inhabilidad por seis años para ejercer cargos públicos. Además, negó beneficios como prisión domiciliaria y ordenó su captura para que cumpla la pena en centro carcelario.
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