En una sentencia sin precedentes, el máximo tribunal constitucional amparó los derechos de la voleibolista transgénero Emiliana Castrillón y ordenó modificar los reglamentos excluyentes de la Liga Antioqueña de Voleibol.
Redacción Web
La Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo histórico que marca un antes y un después para los derechos de las personas transgénero en el deporte nacional. La Sala Octava de Revisión, en sentencia T-179 de 2025, protegió los derechos fundamentales de Emiliana Castrillón Jaramillo, voleibolista transgénero a quien la Liga Antioqueña de Voleibol le había prohibido competir en la categoría femenina.
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La decisión unánime revierte la polémica exclusión que sufrió Castrillón en 2024, cuando la Liga notificó mediante carta oficial que solo permitiría competir a «mujeres cisgénero que hubieran nacido mujeres», argumentando una controvertida interpretación reglamentaria. Esta medida ignoraba por completo la identidad de género de la deportista, quien lleva más de una década compitiendo en voleibol y representa con orgullo al equipo Politécnico Jaime Isaza Cadavid.
«Que se acabe la discriminación, creo que es el mensaje que deja mi caso», declaró Emiliana al conocer el fallo. La atleta, auxiliar de odontología y estudiante de Tecnología en Seguridad y Salud en el Trabajo, enfatizó: «Yo entreno todos los días y por eso mi alto rendimiento, no es por el hecho de haber nacido hombre que juegue mejor».

Fundamento científico y jurídico del fallo
La Corte Constitucional fue contundente en su análisis. Determinó que no existe evidencia científica que demuestre una ventaja deportiva sistemática de las mujeres transgénero sobre sus compañeras cisgénero. El tribunal destacó que la Liga vulneró los derechos fundamentales de Emiliana al no considerar su situación particular, incluyendo el hecho de que sus niveles de testosterona se encontraban dentro de rangos similares a los de sus compañeras de equipo.
«La medida carecía de fundamentos científicos sólidos y generaba discriminación», señaló la Corte en su pronunciamiento. El fallo subraya la necesidad de adoptar «un enfoque pluralista, valorativo y matizado» para estas decisiones en el deporte, rechazando exclusiones absolutas basadas únicamente en la condición de nacimiento.
Precedente nacional y ajustes reglamentarios
Este veredicto constituye el primer fallo de alto tribunal en Colombia que protege explícitamente los derechos de las mujeres trans en el ámbito deportivo regional. La sentencia ordena a la Liga Antioqueña de Voleibol modificar su reglamento deportivo para eliminar cualquier disposición excluyente, bajo supervisión judicial, garantizando así la participación deportiva en condiciones de igualdad.
El impacto trasciende el voleibol antioqueño. El fallo sienta un precedente jurídico obligatorio para todas las ligas deportivas del país, que deberán revisar sus normativas bajo criterios de igualdad y no discriminación. La decisión alinea a Colombia con las tendencias internacionales más avanzadas en inclusión deportiva, que van desde la exclusión total hasta evaluaciones caso por caso basadas en evidencia científica.

Un mensaje de inclusión para el deporte colombiano
La historia de Emiliana Castrillón refleja no solo una lucha personal por la igualdad, sino un avance significativo en la defensa de los derechos humanos en contextos deportivos. Mientras continúa entrenando con la esperanza de retornar a las canchas, su caso deja claro que el deporte debe ser un espacio de inclusión donde prime el talento, la dedicación y el respeto por la dignidad humana.
La implementación de este fallo será vigilada de cerca por organizaciones de derechos humanos, marcando el inicio de una nueva era para el deporte colombiano: más justo, diverso e inclusivo para todos los atletas, sin importar su identidad de género.









