Diario del Huila

¿Consulta o referendo?

May 10, 2025

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Por: Ernesto Cardoso Camacho

Conocido que el Senado abordará su competencia constitucional para aprobar o negar la Consulta Popular propuesta por el presidente Petro, el próximo 13 de mayo; en relación con las doce preguntas sobre los temas laborales que había incluido en su proyecto de ley de reforma laboral, proyecto negado por los miembros de la Comisión Séptima del Senado, es necesario realizar algunos comentarios en el claro entendido que la Consulta ha generado una fuerte polémica tanto jurídica como política.

Sea lo primero precisar que la Consulta Popular es uno de los mecanismos de partición democrática señalados en el artículo 103 de la Carta, a través de los cuales se expresa la soberanía popular, concepto jurídico y político claramente definido en el artículo tercero, según el cual, la soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público que lo ejerce de manera directa o por medio de sus representantes, tal como lo establece la constitución. Así mismo, el 104, la define así: “El presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será obligatoria. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección”.

Como se observa, dicho mecanismo constitucional contiene un claro sentido de participación democrática del pueblo soberano, al cual puede acceder el presidente, aunque debe ser previamente aprobado por el Senado. Aquí es precisamente donde radica ya no la discusión jurídica si no política, dado que si el Senado no aprueba por mayoría simple de quienes participen en la respectiva votación, NO tendría posibilidad de convocarse y desde luego de realizarse.

Entrando en el análisis político de lo que esta ocurriendo, es evidente que la decisión del presidente en el sentido de acudir a la soberanía popular, en un tema tan sensible para los trabajadores colombianos, explica la enorme discusión que se ha generado.

Por una parte, es claro que la comisión del senado que ordenó el archivo del proyecto de ley de reforma laboral, abortó una de las principales reformas del gobierno. De otra parte, siendo como sin duda lo es, un tema tan sensible que de alguna manera enfrenta los legítimos derechos e intereses de los trabajadores, formales e informales; con los de los empresarios que generan las oportunidades laborales; constituye la Consulta una herramienta con la cual, lo que el presidente busca es precisamente, estimular esa confrontación de derechos e intereses que, siendo sin duda legítimos para los trabajadores, amenazan la estabilidad financiera de las empresas con incrementar las cargas laborales y prestacionales, en una coyuntura económica difícil de la globalización, ahora agravada por el pulso estratégico de los aranceles propuesto por el presidente Trump.

Es aquí precisamente el debate político por el que apuesta el presidente que sin duda alguna tiene contra la pared a los partidos de oposición a su gobierno. Si éstos deciden no aprobar la consulta, muchos de los cerca de 16 millones de trabajadores formales e informales quedarán lastimados, hecho que el presidente buscará cobrar por ventanilla como se dice popularmente en las elecciones de marzo, lo que ya anunció. Y si el senado aprueba la consulta, la probabilidad de que obtenga el umbral necesario cercano a 13.6 millones de votos, es muy alta, tal como lo están señalando los sondeos de opinión que se han conocido recientemente.

 Hay que decirlo con franqueza. La apuesta política del presidente la gana con cara o con sello y allí está contenida su hábil estrategia, pues arrincona a los partidos de oposición al tiempo que busca la solidaridad de los millones de trabajadores que ven en la consulta una oportunidad de reivindicar sus legítimos derechos laborales y prestacionales.  Además, los beneficios de la reforma pensional que están siendo ampliamente divulgados por el gobierno, especialmente para las mujeres, ancianos y jóvenes, complementa la estrategia del presidente para buscar apoyo popular a su estrategia. Sobre dicha reforma pensional la Corte aún no profiere su decisión y seguramente no lo hará antes del debate en el senado, pero seguramente sí antes de la eventual votación de la Consulta Popular que de ser aprobada se realizaría hacia agosto o septiembre del 2025.

El debate estará para alquilar balcón. También es necesario precisar que este mecanismo por ser de carácter nacional, NO exige examen previo de la Corte Constitucional. Como final observación cabe decir que la evidente torpeza de los partidos de oposición, frente al tema de la consulta, se está reflejando en las recientes encuestas que indican una aprobación del presidente que ha crecido hasta cifras cercanas del 40% así como una intención de participación de los ciudadanos también cercana al 55%.

Por último al no haber examen previo de la Corte al darse la discusión jurídica y política en el senado, en relación con la modalidad de las preguntas que parecieran más un referendo que consulta, seguramente influirá en la decisión del senado, hecho que en mi modesta opinión, jugaría a favor de su eventual aprobación.

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