Diario del Huila

Conductores podrían reclamar más de $8 millones por el SOAT y no lo saben

Nov 26, 2025

Diario del Huila Inicio 5 Nacional 5 Conductores podrían reclamar más de $8 millones por el SOAT y no lo saben

En Colombia, miles de conductores desconocen que el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) contempla una indemnización que puede superar los 8 millones de pesos para víctimas de accidentes que resulten con incapacidad permanente.

Aunque el beneficio está respaldado por la normativa vigente, la falta de información hace que gran parte de los afectados nunca inicie el trámite.

El monto está definido en el Decreto 780 de 2016, que establece un tope de 180 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMLDV). Para 2025, este salario diario fue fijado en aproximadamente $47.450, lo que ubica el valor máximo indemnizable por incapacidad permanente en cerca de $8.541.000. Este pago corresponde a los casos más graves y depende del porcentaje de pérdida de capacidad laboral (PCL) certificado por una junta de calificación de invalidez.

¿Cuándo se otorga esta indemnización?

La compensación se concede cuando, tras un accidente de tránsito, una persona queda con incapacidad permanente. La aseguradora solo puede liquidar el pago una vez exista un dictamen oficial de PCL, documento que determina el grado de afectación física o funcional del afectado.

La Superintendencia Financiera ha reiterado que no hay ningún impedimento legal para reclamar este beneficio, siempre que el interesado cumpla con los requisitos establecidos.

Puede leer: Petro admitió que su expresión fue inapropiada y ofreció disculpas a las mujeres

Los documentos obligatorios para activar el trámite

De acuerdo con el Decreto 780 de 2016 y con los lineamientos aplicados por las entidades aseguradoras y las juntas de calificación, la solicitud debe incluir:

  • Historia clínica o epicrisis del accidente.
  • Dictamen de pérdida de capacidad laboral en firme, expedido por la autoridad competente.
  • Formulario Único de Reclamación (FURPEN).
  • Haber iniciado la calificación dentro de los 18 meses siguientes al accidente, tal como exige el artículo 2.6.1.4.2.9 del decreto.

En situaciones revisadas por la Subcuenta ECAT del sistema de salud —encargada de cubrir víctimas de accidentes de tránsito sin seguro o cuando operan excepciones— pueden solicitarse declaraciones adicionales, como la certificación de que el afectado no recibe pensión de invalidez ni está afiliado al sistema de riesgos laborales, conforme lo indican los parágrafos de la norma.

Una oportunidad que muchos no conocen

Aunque el SOAT es obligatorio y ampliamente adquirido en el país, su cobertura continúa siendo poco comprendida por buena parte de los ciudadanos. Expertos insisten en que el desconocimiento no debería impedir que las víctimas reclamen derechos ya establecidos en la legislación.

Le puede interesar: Un nuevo rumbo para la reforma pensional

Tal vez te gustaría leer esto