El inmenso vegetal cayó en la vivienda de Clara Inés Prada Varón, dañando sus enseres y obligándola a deshabitarla por seis meses. En primera instancia un juez condenó al municipio. Esta es la historia.
Diario del Huila, Investigación
Carlos Andrés Pérez Trujillo
En días pasado elJuzgado Octavo Administrativo del Circuito de Neiva profirió una sentencia en la que condenó al municipio de Neiva a pagar más de $25 millones por los daños ocasionados en una vivienda.
El hecho se registró el 4 de mayo de 2016 en el barrio Santa Lucía de esta ciudad (calle 26 No. 8A-61) en la vivienda de Clara Inés Prada Varón. Un árbol terminó cayéndose y destruyendo su vivienda. Aunque el hecho había sido advertido, nunca se le dio una solución de fondo.
Por esta razón, Prada Varón demandó al municipio y a la Electrificadora del Huila, con el fin de que le repararan a ella y sus hijas (Laura Juliana Rivera Prada y Marly Yulieth Rivera Prada) los daños ocasionados.
Los hechos
Aquel cuatro de mayo de 2016, torrenciales lluvias en Neiva provocaron la caída de un árbol de gran tamaño ubicado en la vía pública, lo que causó graves daños al inmueble de Prada Varón. Los daños incluyeron la destrucción de electrodomésticos como el televisor y el aire acondicionado, así como daños estructurales en la vivienda.
Ante la emergencia, Prada Varón solicitó asistencia al cuerpo de bomberos del municipio, quienes atendieron la situación. Sin embargo, las afectaciones obligaron a la familia a desalojar la vivienda y alquilar otra por seis meses, con un costo mensual de $800,000.
Prada Varón había solicitado la tala del árbol desde el año 2007, pero las autoridades hicieron caso omiso, realizando solo una poda parcial. La demanda alegaba que los daños eran previsibles y que las entidades demandadas no tomaron las medidas necesarias para evitar el siniestro.
Lo que dijo el municipio de Neiva
El Municipio de Neiva admitió la propiedad del inmueble pero negó responsabilidad en los hechos, argumentando que la siembra y cuidado del árbol no eran su competencia. Afirmó que la obligación del corte recaía en la comunidad y que cualquier omisión sería atribuible a la Electrificadora del Huila, encargada del manejo de redes eléctricas. El municipio también alegó que la caída del árbol fue un evento fortuito debido a las fuertes lluvias y vientos.

Por su parte, la Electrificadora del Huila negó responsabilidad, argumentando que el árbol no era de su competencia y que los daños no fueron causados por la infraestructura eléctrica. Alegó que la responsabilidad de los árboles en el espacio público recaía en el municipio de Neiva, según el Acuerdo Municipal No. 044 de 2003.
La Electrificadora del Huila llamó en garantía a la compañía aseguradora La Previsora S.A., con fundamento en la póliza No. 3000003 del 10 de agosto de 2015. La aseguradora se opuso a las pretensiones, argumentando que los hechos carecían de sustento legal y probatorio.
Por su parte, la víctima Prada Varón sostuvo que las pruebas acreditaban la existencia del daño antijurídico y que el nexo causal era atribuible a las demandadas por su negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones.
La Electrificadora del Huila argumentó que la responsabilidad recaía exclusivamente en el municipio de Neiva, según el Acuerdo 043 de 2003, y que la infraestructura eléctrica no tuvo injerencia en la caída del árbol. En este sentido, el municipio reiteró que la entidad no era responsable de los daños y que la imposibilidad de realizar el corte del árbol se debió a la falta de colaboración de la Electrificadora del Huila.
Puede leer: Apareció en Neiva el estudiante de Los Andes desaparecido el día de su grado
Lo que determinó el juzgado
El Juzgado Octavo Administrativo de Neiva decidió esta controversia, tanto por la naturaleza de las entidades demandadas como por la cuantía del asunto y el factor territorial.
El juzgado analizó las excepciones propuestas por las entidades demandadas y concluyó que la responsabilidad recaía exclusivamente en el Municipio de Neiva. Las excepciones de «culpa exclusiva de la víctima» y «fuerza mayor o caso fortuito» propuestas por el municipio no fueron acogidas, ya que el municipio tenía conocimiento del peligro que representaba el árbol y no tomó medidas adecuadas.
Responsabilidad Estatal
El juzgado determinó que el Municipio de Neiva omitió su deber de evitar el riesgo que generaba la presencia del árbol frente a la vivienda de Prada Varón. La responsabilidad de la tala del árbol recaía en el municipio, y la Electrificadora del Huila no tenía competencia en este asunto.
La indemnización
El juzgado reconoció los perjuicios materiales en la modalidad de daño emergente, incluyendo los gastos de reparación del inmueble y los costos de arrendamiento. La suma total ascendió a $25,395,826. La demanda solicitaba indemnización por perjuicios morales, pero el juzgado negó esta pretensión por falta de prueba. Lo mismo ocurrió con la indemnización por daño a la vida en relación.

Víctima de un árbol
En febrero de este año Jader Andrés Charris Zarate (30 años) murió, víctima del accidente en el que un gigantesco árbol se desplomó sobre dos vehículos y dos motocicletas en Neiva. Charris Zárate sufrió varias heridas de gravedad en cabeza y cuerpo, muriendo de un paro respiratorio.
“Estábamos retirando parte de un árbol que ya había caído a una cuadra de la zona, cuando escuchamos un estruendo, posteriormente la caída del árbol, inmediatamente nos trasladamos hasta el sitio, evidenciando dos vehículos atrapados debajo de este árbol, uno de ellos recibió todo impacto, dejando a su conductor gravemente herido”, manifestó en su momento, Carlos Alberto Polanco Mejía, sargento del cuerpo de bomberos oficial de Neiva.
En este mismo accidente se registraron cinco personas heridas; dos motocicletas dañadas junto a otro automóvil.
Según el relato de la comunidad, este no fue un caso fortuito ya que hacía siete años le habían advertido ala administración municipal de los riesgos que representaba este árbol, pero no lo talaron antes de tiempo, para evitar su caída.
Los daños ocasionados eventualmente pueden ser objeto de reparación directa por parte del municipio ya que este daño fue previsible por parte del municipio. Una habitante del sector, que tiene ubicado un restaurante cerca de donde se registró este accidente, inicialmente indicó que las pérdidas por este hecho fueron millonarias.
2024: múltiples caídas de árboles
El año pasado el Cuerpo Oficial de Bomberos de Neiva atendió varios eventos de caída de varios árboles en diferentes puntos de la ciudad, incluyendo el barrio Altico, Minuto de Dios, el micro centro, Mira Río, Chicalá; la carrera 16 con calle 50, barrio Arismendi Mora y barrio Puertas del Sol. Estos árboles representaban una amenaza directa para la comunidad y sus viviendas.
En atención a las emergencias, se movilizaron 04 vehículos de bomberos y 15 unidades especializadas, quienes realizaron maniobras de corte y tronzado para despejar tanto las vías afectadas como las casas involucradas en los incidentes.
Gracias a la rápida intervención de los bomberos, no se registraron personas ni animales lesionados, lo cual resalta el compromiso y la eficacia del equipo en situaciones de riesgo.

Puede leer: La Argentina: Policía sin responsabilidad por asesinato de ciudadano









