Diario del Huila

¿Acción Preventiva de la Procuraduría ‘tumbó’ prueba de Contralor de Neiva?

Oct 13, 2025

Diario del Huila Inicio 5 Neiva 5 ¿Acción Preventiva de la Procuraduría ‘tumbó’ prueba de Contralor de Neiva?

Al parecer, no fue una decisión de la Mesa Directiva del Concejo de Neiva como lo dieron a conocer públicamente, la verdad sobre la anulación de la prueba de conocimiento dentro del proceso de elección de Contralor para la ciudad; radica en una Acción Preventiva emitida por la Procuraduría Regional en su función de evitar que hechos de corrupción enmarquen la función pública. Diario del Huila tuvo acceso al documento de manera exclusiva.

Por. Francy Villarreal Ruiz.

Diario del Huila conoció de manera exclusiva el documento, donde la Procuraduría General de la Nación a través del Oficio 1756 dirigido al presidente del Concejo Municipal de Neiva, en relación con la función preventiva en el proceso de convocatoria pública para la elección del Contralor Municipal de Neiva.

El documento señala que la Procuraduría detectó la ausencia de mecanismos para la identificación dactilar o dactiloscópica de los participantes, lo que podría comprometer la integridad de la prueba de conocimiento.

Por lo tanto, requirió la remisión urgente de la documentación que respalda las obligaciones relacionadas con dicha prueba. El oficio especifica la necesidad de protocolos de cadena de custodia que garanticen la autenticidad y validez de los cuadernillos y hojas de respuesta, incluyendo su recolección, transporte y conservación. Esta documentación debe enviarse digitalmente en un plazo de tres días hábiles para verificar el cumplimiento de las normas.

La Acción Preventiva emitida por la Procuraduría al proceso de Contralor de Neiva que ‘tumbó’ la prueba aplicada el pasado 5 de octubre.

Detalles del documento

En el documento fechado del martes 7 de octubre de 2025, la Procuraduría Regional de Instrucción del Huila solicitó al presidente del Concejo Municipal de Neiva, Juan Carlos Parada Moreno, remitir de manera inmediata los soportes relacionados con las obligaciones de la prueba de conocimiento.

La actuación se basa en actos de control y vigilancia realizados el 5 de octubre de 2025, fecha en que se aplicó la prueba de conocimiento. La Procuraduría detectó tres situaciones específicas entre estas:

•          Falta de mecanismos de identificación: No se implementaron mecanismos manuales, ni tecnológicos de identificación dactilar o dactiloscopia para identificar plenamente a cada participante.

•          Falta de mecanismos de seguridad en documentos: Los documentos de la prueba, cuadernillo y hoja de respuesta no contaban con mecanismos de seguridad como el Código Seguro de Verificación -CSV, un código alfanumérico esencial para verificar la autenticidad e integridad del documento y evitar su alteración.

•          Ingreso tardío de participantes: Se autorizó la presentación de la prueba a participantes después de la hora establecida en la convocatoria.

El documento solicita soportes del proceso en lo que se relaciona con cadena de custodia de las pruebas aplicadas.

Solicitud de soportes

Para verificar la autenticidad y validez de la prueba y el aseguramiento de su cumplimiento, la Procuraduría solicitó una amplia documentación relacionada con la cadena de custodia y los protocolos, que debe ser remitida en un término de 3 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de recibo.

Entre los documentos requeridos se encuentran, los protocolos de cadena de custodia aprobados a la Universidad del Tolima.

Los documentos de cadena de custodia suscritos por la Universidad y la empresa de seguridad vigilada, sobre recepción, transporte, entrega y recogida de los cuadernillos y hojas de respuesta.

Al igual que los registros detallados y cronológicos de los movimientos y manipulaciones de los cuadernillos y hojas de respuesta, incluyendo el momento y lugar de recolección, identificación del objeto, personas que lo manipularon, técnicas aplicadas, embalaje, sellado, destinos de transporte y almacenamiento.

La información requerida sobre la cadena de custodia señala la Procuraduría que debe detallar los procesos de recolección, embalaje y sellado, transporte, almacenamiento, entrega, recolección posterior a la prueba y disposición final de los documentos.

Fundamento de la acción

La actuación preventiva de acuerdo con la Procuraduría busca verificar el cumplimiento de los deberes funcionales y se fundamenta en la Directiva No. 010 del 3 de julio de 2025 de la Procuraduría General de la Nación.

El oficio fue firmado por Jorge Antonio Vásquez Subiroz, Procurador Regional de Instrucción Huila. La respuesta debe enviarse de manera digital en formato PDF a los correos electrónicos designados de la Procuraduría en los tres días hábiles siguientes a la emisión del oficio.

El presidente del Concejo de Neiva; Juan Carlos Parada Moreno señaló que la decisión de volver a aplicar la prueba fue una decisión de la Mesa Directiva.

Los argumentos de la Mesa Directiva

Durante la sesión plenaria del pasado sábado 11 de octubre de 2025, el presidente del Concejo Municipal de Neiva, Juan Carlos Parada Moreno, informó a los honorables concejales, medios de comunicación y ciudadanía en general, sobre las decisiones adoptadas por la Mesa Directiva en el marco del proceso para la elección del Contralor Municipal de Neiva, período 2026–2029.

El anuncio según el presidente de la Corporación, se tomó basada en los hechos registrados el pasado domingo 5 de octubre, fecha en que la Universidad del Tolima, entidad encargada de la ejecución técnica y logística del concurso público según el Contrato Interadministrativo No. 0115 de 2025, realizó la prueba de conocimiento contemplada en la Resolución 101 de 2025, en su calidad de ejecutora técnica del proceso, con observancia estricta de los protocolos de custodia, seguridad y verificación de identidad, en fecha que será determinada mediante citación oficial.

El presidente del cabildo explicó que, durante la jornada de aplicación de la prueba, se presentaron situaciones exógenas al desarrollo normal del proceso entre ellas, la intervención del Procurador Regional de Instrucción del Huila, quien se dirigió a los aspirantes informando la existencia de una actuación preventiva e investigación disciplinaria en curso contra la Mesa Directiva, generando confusión y tensión entre los participantes.

Asimismo, la toma no autorizada de una fotografía del cuadernillo de evaluación por parte de un aspirante, lo que ocasionó una interrupción aproximada de treinta minutos, y otras observaciones sobre el ingreso tardío de algunos participantes.

El presidente Parada Moreno enfatizó que la Mesa Directiva no interviene en el contenido ni en la aplicación de la prueba, funciones que corresponden exclusivamente a la Universidad del Tolima; sin embargo, la Corporación sí tiene el deber de supervisar el proceso y garantizar su transparencia.

Respuesta de la universidad

De acuerdo con el asesor jurídico del Concejo, Nicolás Gutiérrez Quintero, la Universidad del Tolima, mediante comunicación oficial del 9 de octubre de 2025; recibida el 10 de octubre por correo institucional, reconoció que la jornada de evaluación se desarrolló conforme a los protocolos establecidos, pero admitió que ocurrieron hechos ajenos a su control institucional que pudieron incidir en la percepción de transparencia y confianza pública.

Por su parte, la Universidad manifestó su plena disposición para repetir la prueba de conocimiento, con el propósito de preservar la legitimidad del concurso y la igualdad de condiciones entre los aspirantes.

¿Decisión de la Mesa Directiva?

Con base en dicha comunicación y en el informe jurídico rendido por el Asesor Jurídico el lunes 6 de octubre, la Mesa Directiva determinó que la mejor medida para restablecer la confianza y la objetividad del proceso era retrotraer la actuación hasta la etapa de citación a la prueba y repetirla bajo condiciones reforzadas de seguridad y acompañamiento institucional.

En consecuencia, la Mesa Directiva expidió la Resolución No. 0122 del 10 de octubre de 2025, ordenando el saneamiento de la etapa de prueba de conocimiento del proceso de convocatoria pública para la elección del Contralor(a) Municipal de Neiva 2026–2029, disponiendo la repetición de dicha prueba y modificando el artículo 19, cronograma de la Resolución No. 101 de 2025.

La decisión se fundamenta en los principios de moralidad, transparencia, igualdad, mérito y confianza legítima consagrados en la Constitución Política en sus artículos 2, 13, 29, 125, 209 y 270; y en las leyes 1904 de 2018, y 1437 de 2011, así como en la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado que habilitan a las entidades públicas para sanear irregularidades o vicios procedimentales mediante retroacción de etapas sin que ello implique nulidad del proceso.

Este martes se cumplirá rueda de prensa con los medios para entregar detalles del proceso por parte de la Mesa Directiva.

Aplicación de la nueva prueba

El asesor jurídico informó que, en coordinación con la Universidad del Tolima, el próximo miércoles 15 de octubre se publicará la nueva citación oficial a los aspirantes habilitados, y la nueva aplicación de la prueba de conocimiento que se llevará a cabo el domingo 19 de octubre de 2025, conforme a los parámetros establecidos en la Resolución 101 de 2025 y el Contrato No. 0115 de la vigencia actual.

Ante el panorama del proceso, los concejales se pronunciaron, por su parte concejal Alejandro Serna manifestó preocupación por algunos aspectos técnicos del examen, como repetición de preguntas y deficiencias en la redacción.

Héctor Javier Osorio Botello propuso realizar una rueda de prensa para explicar detalladamente el proceso, las medidas adoptadas y los correctivos implementados, señalando que decisiones oportunas como ésta previenen futuros cuestionamientos y procesos judiciales.

Edward Matías Torres Escobar aspirante que entabló acción de tutela contra el proceso.

Tutelas en el proceso de Contralor Neiva

Diario del Huila tuvo acceso a dos de las tutelas entabladas en marco del proceso para la elección de Contralor de la ciudad, instauradas por dos de los aspirantes, el primero se trata de Oscar Eduardo Chavarro Ramírez, en este caso quien acciona contra la Universidad del Tolima.

Asimismo, la tutela de Edward Matías Torres Escobar, que acciona para el caso contra el Concejo Municipal de Neiva – HUILA, y, la Universidad del Tolima.

En ambos casos, los accionantes consideran vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y acceso a cargos públicos por mérito.

Convocatoria a medios

Ante el panorama que despierta suspicacias, se convocó a una rueda de prensa con los medios de comunicación, prevista para este martes 14 de octubre a las 11:00 de la mañana en el recinto del Concejo, con el fin de explicar la respuesta oficial de la Universidad del Tolima, las decisiones de la Mesa Directiva y las garantías adoptadas para reforzar la transparencia del proceso.

Finalmente, la Mesa Directiva reafirmó su compromiso con la legalidad, la transparencia, la igualdad de condiciones y el mérito, principios que orientan todas las actuaciones de la Corporación.

El exconcejal Johan Steed Ortiz señala que hizo las denuncias frente al proceso de elección.

“Lo advertimos”: Johan Steed Ortiz

Quien no duda en pronunciarse públicamente sobre lo que ocurre en el proceso de elección de Contralor para fue el exconcejal Johan Steed Ortiz, quien continúa haciendo seguimiento al tema que ha causado polémica en la ciudad.

Expresa Ortiz que “Desde el inicio advertimos las irregularidades del concurso para elegir Contralor de Neiva, no por interés personal, sino por convicción institucional. Lo hicimos cuando muchos prefirieron callar y otros se molestaron por escuchar la verdad. Hoy, el Concejo ordena repetir la prueba. Y aunque los hechos confirman lo que dijimos, no hay motivo de celebración. La universidad incumplió sus obligaciones contractuales, y la supervisión del presidente del Concejo falló, permitiendo un proceso sin trazabilidad ni garantías”.

Agrega además que el Procurador Regional ha actuado a partir de las denuncias que él y demás ciudadanos han interpuesto sobre el proceso.

“La Procuraduría, al evidenciar posibles irregularidades, abrió investigación y emitió una medida preventiva para garantizar la transparencia del proceso. Fue precisamente por esa actuación que el Concejo se vio obligado a invitar a la Procuraduría, después de haberla excluido desde el inicio. Ese día de la prueba, los mismos participantes exigieron la presencia del Ministerio Público como garantía mínima de legalidad” dijo el exconcejal.

Señala además Johan Steed que los mismos estudios previos y el contrato que firmaron establecen que, ante incumplimientos, se deben aplicar sanciones y activar las garantías, que no hacerlo sería convertir la verdad en simple trámite.

Los ternados de la Contraloría del Huila.

Definida terna de Contralor del Huila

En cumplimiento de la convocatoria pública y el cronograma establecido, la Asamblea Departamental del Huila, mediante la Resolución No. 186 del 10 de octubre de 2025, hizo públicos los resultados consolidados del proceso de selección y conformó la terna de candidatos para la elección del Contralor(a) Departamental del Huila para el periodo 2026-2029.

El proceso, llevado a cabo con el acompañamiento técnico de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia – UPTC, incluyó la evaluación de pruebas de conocimiento, formación académica, experiencia profesional, docente y publicaciones en el ámbito fiscal.

Según lo establecido en la Resolución, los tres aspirantes que obtuvieron los mayores puntajes totales y que integran la terna final, en orden alfabético, son:

1. Wilson Díaz Sterling – C.C. 79.805.070

2. Carlos Alberto López – C.C. 86.048.454

3. Carlos Eduardo Tovar Galindo – C.C. 79.989.035

Los resultados consolidados del proceso fueron publicados en la página web y cartelera oficial de la Asamblea, con una vigencia de cinco días hábiles, tal como lo establece la reglamentación vigente.

Es importante destacar que los puntajes no representan un orden de elegibilidad, dado que la terna se conforma por orden alfabético.

En caso de inhabilidad, renuncia o falta absoluta de alguno de los ternados, la vacante será ocupada por el aspirante que haya obtenido el siguiente mayor puntaje, respetando el principio de mérito.

La convocatoria se desarrolló en cumplimiento del marco constitucional y legal, con base en lo dispuesto por los artículos 272 y 313 de la Constitución Política, el Acto Legislativo 04 de 2019, la Ley 1904 de 2018, la Ley 136 de 1994, la Ley 2200 de 2022 y las resoluciones y ordenanzas internas de la Asamblea del Huila.

Tal vez te gustaría leer esto