Tras un empate en la Corte Constitucional, la reforma pensional entra en un “tercer camino”: un conjuez definirá su futuro mientras se mantienen vigentes disposiciones clave y se amplía el régimen de transición para los cotizantes.
DIARIO DEL HUILA, ACTUALIDAD
El sistema pensional en Colombia vive un momento de profunda incertidumbre: tras un empate en la Corte Constitucional, el futuro de la reforma pensional aprobada por el Congreso se decidirá con un conjuez. Esta vía adicional, más allá de su aprobación o rechazo directo, ha sido llamada por expertos como el “tercer camino” para definir el destino de la ley y el régimen de transición que muchos cotizantes esperaban.
El 24 de noviembre de 2025, la Sala Plena de la Corte no logró ponerse de acuerdo sobre la ponencia que declararía inexequible la reforma. El resultado fue un empate 4 a 4 que obligó a llamar a un conjuez, Carlos Pablo Márquez, para que emita el voto decisivo en este polémico debate legal.
Qué se mantiene vigente mientras se decide
Aunque la Corte suspendió la entrada en vigencia de la mayoría de los artículos de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024) por fallas en el trámite legislativo, dejó dos disposiciones clave operativas: el artículo 76, que creó una “ventana de oportunidad” para trasladarse entre regímenes de pensión (entre fondos privados y Colpensiones), y el parágrafo transitorio del artículo 12, que regula la elección de administradoras del componente complementario (ACCAI).
Gracias a esto, más de 80.000 personas que ya hicieron el cambio a Colpensiones no serán afectadas: sus traslados quedan firmes. Además, los afiliados que cumplan los requisitos podrán seguir accediendo a esa ventana de traslado durante los próximos dos años.
El régimen de transición se amplía
La suspensión de la reforma también tiene otro efecto relevante: amplía el plazo para acceder al régimen de transición. Originalmente, la ley establecía requisitos mínimos de semanas cotizadas (900 para hombres, 750 para mujeres) para permanecer bajo las reglas de la Ley 100. Pero al detenerse la entrada en vigencia de la reforma, esos plazos se corren, lo que permite que más personas sigan acumulando tiempo para calificar como beneficiarios de esa modalidad.
Ese “tercer camino” judicial se perfila como una alternativa intermedia: no es la implementación total de la reforma, ni su anulación definitiva, sino una pausa administrativa con consecuencias concretas para los cotizantes que estaban pendientes del cambio.
Riesgos e implicaciones para los afiliados
Para muchos cotizantes, especialmente quienes ya usaron la ventana de traslado, la decisión de la Corte representa un alivio, pues confirma que esos traslados no serán revertidos. embargo, también abre interrogantes sobre la estabilidad del sistema pensional: si la reforma finalmente no prospera, algunos movimientos podrían quedar limitados a quienes tengan régimen de transición.
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De otro lado, la prolongación del régimen de transición puede tener un impacto fiscal importante para el Estado, puesto que obliga a mantener condiciones especiales para más cotizantes durante más tiempo.
Lo que viene: el papel del Congreso y la Corte
Ahora la pelota está en la cancha del Congreso: la Corte Constitucional devolvió la reforma para que subsane los vicios de trámite que identificó, y otorgó un plazo de 30 días hábiles para que la Cámara de Representantes reevalúe la norma. Mientras tanto, con el conjuez ya designado, se espera que la Corte emita un fallo definitivo que dirima el empate.
Si el conjuez decide a favor de la ponencia que declara la reforma inconstitucional, la ley podría quedar finalmente archivada o reformulada. Si decide lo contrario, se podría reiniciar su implementación, aunque con las correcciones que exija el Congreso.
El empate en la Corte Constitucional abrió un camino inesperado para la reforma pensional: no es ni su aprobación plena ni su caída, sino un proceso en el que un conjuez, el Parlamento y los cotizantes juegan un papel decisivo. La salida intermedia podría garantizar la vigencia de la ventana de traslado y ampliar la posibilidad de acogerse al régimen de transición, mientras se aclara el destino de la reforma. Para miles de colombianos, esa alternativa representa una oportunidad real de seguir construyendo una pensión bajo condiciones más favorables, mientras se espera una resolución final sobre el modelo pensional del país.

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