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Confirman orden a Petro de rectificar señalamientos contra el fiscal Mario Burgos

Oct 7, 2025

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratificó que el presidente Gustavo Petro vulneró el buen nombre del fiscal Mario Burgos al vincularlo sin pruebas con el narcotráfico y el asesinato del fiscal Marcelo Pecci. El jefe de Estado deberá rectificar públicamente sus declaraciones en la red social X.

DIARIO DEL HUILA, ACTUALIDAD
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó el fallo que ordena al presidente Gustavo Petro rectificar sus declaraciones en las que señaló al fiscal Mario Andrés Burgos Patiño —quien investigó y llevó a juicio a su hijo, Nicolás Petro Burgos— de tener presuntos vínculos con el narcotráfico y con el crimen del fiscal paraguayo Marcelo Pecci.

La decisión ratifica lo dicho previamente por un juzgado de primera instancia, que advirtió que las afirmaciones del presidente “causaron un daño al buen nombre y a la honra” del funcionario judicial, al hacer acusaciones sin sustento probatorio.

“Se observa en las declaraciones el riesgo de causar daño y afectar el buen nombre del accionante, debido a que en reiteradas oportunidades el presidente de la República aseguró que el fiscal Mario Andrés Burgos Patiño es un fiscal perteneciente a la mafia del narcotráfico o a la Junta del Narcotráfico”, señala el fallo de tutela interpuesto por la defensa de Burgos.

El Tribunal fue enfático en señalar que el mandatario no presentó pruebas ni demostró haber realizado una mínima verificación de los hechos antes de hacer sus declaraciones públicas. “Las presentes diligencias tampoco presentaron evidencias pertinentes como sustento de sus afirmaciones, ni acreditaron haber agotado previamente, por lo menos un mínimo de diligencia en la verificación de los hechos que informó a la opinión pública, no como apreciaciones, sino como supuestos fácticos verdaderos”, advirtieron los magistrados.

El alto tribunal también precisó que si bien el presidente goza de libertad de expresión, sus palabras tienen un peso institucional distinto al de cualquier ciudadano. Como jefe de Estado, sus pronunciamientos generan impacto y credibilidad en la opinión pública, por lo que deben estar respaldados en hechos verificables y objetivos.

“En consecuencia, se concluye que no acreditó la carga de veracidad e imparcialidad de la información, de la que deberían estar revestidas sus afirmaciones, en virtud de las importantes repercusiones que tiene la comunicación del principal funcionario público con la población”, añadió la Sala del Tribunal.

La decisión judicial establece que las manifestaciones del mandatario colombiano vulneraron los derechos fundamentales al buen nombre, la honra, la integridad personal y la dignidad humana del fiscal Burgos, quien actualmente continúa al frente de investigaciones relevantes dentro de la Fiscalía General de la Nación.

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El Tribunal también hizo un llamado de atención sobre la responsabilidad que implica ejercer la libertad de expresión desde la Presidencia de la República. Recordó que las afirmaciones del jefe de Estado no pueden equipararse a las de “un ciudadano de a pie”, dado que su investidura otorga un nivel de influencia y legitimidad superior.

“Corolario de lo que se ha venido exponiendo, para la Sala es evidente que, en el presente caso, los anteriores pronunciamientos efectuados por parte del presidente Gustavo Francisco Petro Urrego, los cuales han sido dirigidos a la opinión pública en ejercicio del poder presidencial, derivaron en la vulneración de los derechos fundamentales al buen nombre, honra, integridad personal y dignidad humana del fiscal Mario Andrés Burgos Patiño”, subraya la decisión.

De esta forma, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratifica la orden de rectificación emitida en primera instancia y recuerda al mandatario que sus declaraciones deben ajustarse a los principios de veracidad, imparcialidad y responsabilidad. La orden implica que el presidente Petro deberá publicar en su cuenta oficial de X una rectificación clara y proporcional a los señalamientos realizados contra el fiscal.

Con este fallo, el alto tribunal reafirma la necesidad de mantener límites entre la libertad de expresión y el respeto a los derechos fundamentales, especialmente cuando las declaraciones provienen del máximo representante del poder ejecutivo, cuyas palabras tienen impacto directo sobre la institucionalidad y la opinión pública.

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