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MinTransporte frena las ‘multas a ojo’ por llantas lisas en Colombia

Sep 25, 2025

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El Ministerio de Transporte determinó que los agentes no podrán imponer comparendos basados únicamente en su apreciación visual. Para sancionar, deberán utilizar el profundímetro, herramienta técnica que certifica el estado de los neumáticos.

DIARIO DEL HUILA, NACIONAL

La práctica conocida como las “multas a ojo” llegó a su fin. El Ministerio de Transporte emitió una directriz que limita la discrecionalidad de los policías de tránsito a la hora de sancionar a los conductores por el estado de las llantas. Desde ahora, los uniformados no podrán imponer comparendos por neumáticos supuestamente lisos o en mal estado si no cuentan con una medición técnica que lo respalde.

La medida surge como respuesta a múltiples quejas de motociclistas y automovilistas, quienes denunciaban que muchos agentes se basaban en observaciones subjetivas para multar, generando sanciones injustas y controversias constantes en las vías del país.

El fin de las ‘multas a ojo’

El pronunciamiento del Ministerio es claro: los agentes deben usar el profundímetro, un dispositivo diseñado para medir la profundidad del labrado de las llantas. Solo si el resultado arroja una medida inferior a 1,6 milímetros, se podrá expedir un comparendo. De lo contrario, la infracción no tendrá validez.

Este instrumento no solo garantiza objetividad, sino que protege a los conductores frente a sanciones arbitrarias. De acuerdo con la normatividad vigente, conducir con llantas lisas es una falta grave que implica un comparendo de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que supera los $700.000 en 2025, además de la posible inmovilización del vehículo. Por eso, la precisión técnica resulta fundamental.

Un alivio para los conductores

Para los motociclistas y conductores de automóviles, esta medida representa un triunfo frente a lo que muchos consideraban un abuso de autoridad. Las organizaciones de moteros celebraron la decisión al considerarla un paso hacia la justicia en la movilidad, pues reduce el margen de discrecionalidad de los agentes de tránsito.

“Era frecuente que un uniformado dijera que la llanta estaba lisa y de inmediato impusiera un comparendo. Ahora, con el profundímetro, tendrá que demostrarlo técnicamente”, señalaron algunos líderes de asociaciones de transportadores.

El Ministerio, por su parte, reiteró que la medida no busca eximir a los conductores de su responsabilidad en el mantenimiento del vehículo, sino garantizar que las sanciones se impongan con fundamento en pruebas objetivas y verificables.

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Los agentes deberán usar el profundímetro para medir el estado de las llantas.

Más rigor en los controles

Con la decisión, los controles en carretera deberán ser más rigurosos. Cada uniformado tendrá la obligación de portar el profundímetro y registrar la medición en caso de una infracción. Esto obligará a la institucionalidad a fortalecer la dotación técnica de los agentes y a profesionalizar aún más los procedimientos de control.

El mensaje del Ministerio es claro: el tránsito y la seguridad vial no pueden depender de apreciaciones subjetivas, sino de evidencias concretas. De esta manera se busca también fortalecer la confianza ciudadana frente a las autoridades de movilidad.

Un precedente contra abusos

La decisión se suma a otra medida reciente tomada por el Consejo de Estado, que prohibió las multas automáticas por falta de SOAT o revisión tecnicomecánica. Según el alto tribunal, las sanciones no pueden emitirse con base únicamente en la información del RUNT, sino que requieren que el vehículo sea sorprendido en circulación sin la documentación al día.

Este pronunciamiento beneficia a propietarios de vehículos que permanecen estacionados en garajes o parqueaderos, quienes antes eran sancionados sin que existiera una infracción real en la vía.

En ambos casos, tanto con las llantas como con los documentos, el objetivo es frenar los abusos y garantizar que los comparendos correspondan a infracciones efectivas y comprobables.

Destacado

El Ministerio de Transporte ordenó que los policías de tránsito solo podrán imponer multas por llantas lisas si utilizan un profundímetro y demuestran técnicamente que la profundidad del labrado es menor a 1,6 milímetros.

Una mirada hacia adelante

Aunque la medida ha sido celebrada, plantea un reto logístico: garantizar que todos los agentes cuenten con la herramienta adecuada y que se capaciten en su uso. De no cumplirse, el riesgo es que la norma quede en el papel y los conductores continúen enfrentando prácticas cuestionables.

Por ahora, moteros y conductores aplauden la decisión, mientras el Ministerio de Transporte insiste en que se trata de un paso hacia una movilidad más justa y transparente. En las carreteras del país, el tatequieto a las “multas a ojo” ya es una realidad.

Conductores celebran el fin de las llamadas ‘multas a ojo’ en las vías.

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