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Litigios climáticos

Ago 23, 2025

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Litigios climáticos

Alvaro Hernando Cardona González

De un artículo publicado el pasado 1 de agosto, por la Asociación AIDA, que es una organización fundada por el Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (Cedarena, Costa Rica), el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA, México), Earthjustice (USA), Fundepúblico (Colombia), y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA, Perú) hemos extraído las ideas generales para esta columna de opinión.

El litigio climático es por esencia un tipo de pleito regido por el derecho ambiental que termina en sentencias con responsabilidades a los gobiernos, autoridades, empresas u otros actores por la crisis climática “obligándolos, entre otras cosas, a la adopción, implementación y aumento progresivo de medidas concretas para frenar sus emisiones y a mitigar los impactos de la crisis climática”. Gracias a muchos de estos casos, se han logrado cambios importantes, que van más allá del asunto particular discutido. Por lo general, esto se logra promoviendo la protección de derechos o cambios en las políticas públicas.

Desde este espacio de opinión, expresamos que no estamos de acuerdo con hablar de “litigio”, sea climático o sea ambiental, que es más general ¿Por qué? De acuerdo con informes del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, solo los litigios climáticos se han duplicado en los últimos años a nivel mundial. Eso significa a su vez que los conflictos han aumentado; no disminuyen. Y podría ser que los mismos arbitrajes judiciales los generen. Por lo que son absurdas las visiones que aceptan que estos pleitos, disputas o litigios se conciban como instrumentos de gobernanza.

Por esto mismo, aunque existen iniciativas como la Plataforma de Litigio Climático para América Latina y el Caribe, un sitio web de consulta que describe varios de los casos de litigio climático resueltos en la región y cuyo loable propósito es el de promover intercambio de experiencias positivas para promover nuevas acciones e identificar posibles cambios estructurales que se necesitan, se notan ausencias en relación con la promoción de reformas a los instrumentos de comando y control para garantizar el desarrollo sostenible asegurando la cobertura de los impactos, y la minimización de conflictos por la participación ciudadana.

En materia ambiental, en Colombia al menos, debe haber un alto, para revisar las políticas públicas desde la óptica del conflicto (que tanto dolor ha causado) y evitar los litigios ambientales, entre ellos los climáticos. Tenemos ideas sobre la participación ciudadana, sobre la predefinición exhaustiva de los impactos ambientales, sobre el cálculo de los costos ambientales, y otros. Es urgente: necesitamos prevenir y evitar los litigios ambientales.

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