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Fijan nuevos horarios para establecimientos que venden licor en Neiva

Abr 7, 2025

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Fue expedido un nuevo decreto que establece los horarios de funcionamiento para los establecimientos comerciales dedicados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la capital huilense.

El decreto 082 de 2025 fija un horario general entre las 10:00 a.m. y las 2:00 a.m. del día siguiente para bares, discotecas, gastrobares, cantinas, galleras, karaokes, fondas, tabernas, billares y otros establecimientos donde se expende licor.

No obstante, el decreto contempla excepciones importantes. Los establecimientos certificados en el programa “Rumba Responsable”, impulsado por la Secretaría de Gobierno, podrán operar hasta las 5:00 a.m., siempre y cuando cumplan los requisitos de ley y la certificación respectiva.

Además, se establecen horarios específicos para otras actividades comerciales que también venden bebidas alcohólicas, como tiendas, lavaderos de vehículos, parqueaderos, canchas sintéticas y barberías, las cuales deberán cerrar a más tardar a las 12:00 de la medianoche.

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¿Por qué se toma esta decisión?

Según el decreto, esta medida responde al aumento de hechos delictivos y comportamientos contrarios a la convivencia ciudadana durante la madrugada. Entre las principales problemáticas se encuentran riñas, violencia intrafamiliar, homicidios, hurtos y siniestros viales relacionados con el consumo de alcohol.

El documento cita informes de la Policía Metropolitana de Neiva, que durante 2024 registró más de 12 mil llamadas a la línea 123, relacionadas con alteraciones al orden público entre las 3:00 y 6:00 a.m. Además, se reportaron 11 homicidios, 121 casos de lesiones personales, y más de 1.300 hurtos a personas, motocicletas, viviendas y comercios.

En el corregimiento El Caguán, en particular, la Policía solicitó expresamente reducir los horarios de funcionamiento de los establecimientos nocturnos, debido a los frecuentes delitos y quejas ciudadanas por ruido, invasión del espacio público y mal estacionamiento de vehículos.

Los establecimientos deben cumplir con todos los requisitos establecidos en la Ley 1801 de 2016, como uso del suelo, niveles auditivos, permisos de funcionamiento y normas sanitarias. El incumplimiento de los nuevos horarios podrá derivar en sanciones, incluyendo la suspensión temporal de actividades.

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