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2024: en Huila diariamente ocurrieron 5 crímenes de violencia intrafamiliar

Dic 31, 2024

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Neiva ocupó el primer lugar en ser más violenta, al registrar 789 casos; le sigue Pitalito con 329 hechos;  Garzón con 132 y La Plata con 62.

Diario del Huila, Investigación

Carlos Andrés Pérez Trujillo

Al Huila no le fue bien en 2024 en cuento al delito de Violencia Intrafamiliar: durante todo el año se registraron 1947 hechos de este delito, es decir, aproximadamente 5,33 casos diarios.

Neiva es el municipio que más hechos reporta de este delito (789 casos), mientras que Pitalito tiene menos de la mitad de la capital (329 casos).  

Sorprende municipios como Campoalegre que reporta 66 casos en lo que va del año, lo que significa que mensualmente se presentaron cerca de seis eventos de violencia intrafamiliar.  Aipe, que es un municipio pequeño, y aparentemente tranquilo registró 22 casos este año. Tarqui, registró 20 eventos; mientras que Iquira, un municipio altamente conservador, registró un solo caso.  Su vecino municipio de Yaguará, tuvo un registro de 18 casos.

Por otro lado, Villavieja  registró nueve eventos; mientras que Tesalia marcó 18 hechos violentos. Sin embargo, Gigante los superó con 30 casos.

El contexto nacional

Según el más reciente informe de Medicina Legal, al analizar detalladamente el fenómeno de la violencia intrafamiliar, se observó un aumento en la tasa por 100.000 habitantes en los tres contextos de la violencia intrafamiliar. Específicamente, la violencia contra niños, niñas y adolescentes presentó la tasa más alta, pasando de 36,0 a 43,4 por 100.000 habitantes. Asimismo, se observó un aumento considerable en la tasa de violencia contra las personas adultas mayores, pasando de 27,3 a 33,2 casos por 100.000 habitantes.

Esta entidad practicó un total de 6.115 exámenes medicolegales en menores de edad, que acudieron al servicio para valoración por violencia no fatal de tipo intrafamiliar, la tasa calculada para esa anualidad (2022) fue de 43,41 casos por cada 100.000 habitantes; al comparar el 2022 con el 2021, hubo un incremento del 18,85% equivalente a 970 casos, lo cual evidencia que en los tres últimos años, aunque registran el menor número de casos, nuevamente se comienza a evidenciar una tendencia ascendente en el comportamiento de este indicador.

En la distribución de los resultados por la variable ‘sexo de la víctima’, se observa que las niñas y adolescentes mujeres fueron las más afectadas, con una tasa representativa para este grupo poblacional de 46,45 casos por cada 100.000 habitantes (3.202); con respecto a los niños y adolescentes hombres, aunque la diferencia es menor, no es tan marcada, ya que la tasa calculada fue de 40,50 casos por cada 100.000 habitantes (2.913); en la proporción de los casos para ambos sexos existe una relación muy semejante de 1 a 1; en los resultados de forma general por grupos etarios, se acentúa el mayor número de registros en las edades comprendidas entre los 10 a 14 años (2.334).

En lo referente a la escolaridad de la víctima, 5.908 casos aportaron información para la variable, de los cuales el nivel escolar correspondiente a la educación básica primaria concentró el mayor número de casos con el 37,24% de los(as) lesionados(as) (2.200); en segundo lugar se encontró la educación inicial y educación preescolar, con una participación del 29,50% (1.743), mientras que la tercera posición la ocupó la educación básica secundaria o secundaria baja, con una proporción del 13,83% (817); se destaca que el 14,10% de los(as) afectados(as) (833) no refirieron ningún nivel de escolaridad.

En el Huila el registro fue de 1947 hechos de este delito.

Otro tipo de violencias

Este tipo de violencia registrado en Neiva no es nuevo. A él se añaden otro tipo de violencias como la sexual. En un reciente informe de la Alcaldía de Neiva se señala que cifras de la Fiscalía General de la Nación, en la que se indica que  “para el año 2019, se presentaron un total de 513 eventos de violencia sexual, de los cuales 379 las víctimas fueron mujeres, equivalentes al 73,88% de eventos, frente al 18,13% donde las víctimas fueron hombres; evidenciando que para el Municipio de Neiva las mujeres son la población con mayor riesgo de vulnerabilidad para ser víctima de violencia sexual, situación que históricamente se ha visualizado en el país.

En relación con la violencia sexual en niños, niñas y adolescentes se evidencia el grupo poblacional más afectado, hay registros que van de los 0 años a los 13 años, con un total de 227 eventos de violencia sexual en niñas y 64 en niños, seguida de las adolescentes entre los 14 a 17 años de edad, con un número de 86 eventos, frente a un menor número de eventos en adolescentes (hombres) entre los 14 y 17 años, con un total de 16 caso.

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¿La violencia intrafamiliar es un delito?

El artículo 229 del Código Penal colombiano describe el delito de violencia intrafamiliar. Sanciona con pena de 4 a 8 años a quien maltrate física o psicológicamente a un miembro de su núcleo familiar.

La pena se incrementa de 6 a 14 años si la conducta se comete contra una mujer, un menor de edad, un mayor de 60 años o en condición de discapacidad.

Una de las problemáticas sociales más comunes es la violencia intrafamiliar.

“Código Penal. Artículo 229.  Violencia intrafamiliar. El que maltrate física o psicológicamente a cualquier miembro de su núcleo familiar incurrirá, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor, en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años.

La pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando la conducta recaiga sobre un menor, adolescente, una mujer, una persona mayor de sesenta (60) años, o que se encuentre en situación de discapacidad o disminución física, sensorial y psicológica o quien se encuentre en estado de indefensión o en cualquier condición de inferioridad.

Cuando el responsable tenga antecedentes penales por el delito de violencia intrafamiliar o por haber cometido alguno de los delitos previstos en el libro segundo, Títulos I y IV del Código Penal contra un miembro de su núcleo familiar dentro de los diez (10) años anteriores a la ocurrencia del nuevo hecho, el sentenciador impondrá la pena dentro del cuarto máximo del ámbito punitivo de movilidad respectivo.

PARÁGRAFO 1o. A la misma pena quedará sometido quien sin ser parte del núcleo familiar realice las conductas descritas en el tipo penal previsto en este artículo contra.

a) Los cónyuges o compañeros permanentes, aunque se hubieren separado o divorciado.

b) El padre y la madre de familia, aun cuando no convivan en el mismo hogar, si el maltrato se dirige contra el otro progenitor.

c) Quien, no siendo miembro del núcleo familiar, sea encargado del cuidado de uno o varios miembros de una familia en su domicilio, residencia o cualquier lugar en el que se realice la conducta.

d) Las personas con las que se sostienen o hayan sostenido relaciones extramatrimoniales de carácter permanente que se caractericen por una clara e inequívoca vocación de estabilidad.

“PARÁGRAFO 2o. A la misma pena quedará sometido quien, no siendo miembro del núcleo familiar, sea encargado del cuidado de uno o varios miembros de una familia y realice alguna de las conductas descritas en el presente artículo”.

Pitalito registró el segundo lugar en el Huila con 329 hechos.

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