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Cargos contra seis policías por interceptaciones irregulares en caso de Marelbys Meza

Dic 6, 2024

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La Procuraduría General de la Nación anunció la formulación de pliego de cargos contra seis integrantes de la Policía Nacional presuntamente implicados en interceptaciones ilegales a Marelbys Meza, Fabiola Perea y Yhonson Pineda.

Los hechos estarían relacionados con actuaciones cuestionadas en el marco de una investigación por el hurto de 12 millones de pesos, denunciado por el esposo de Laura Sarabia, exjefa de Gabinete del presidente Gustavo Petro.

Entre los señalados están los mayores John Jairo López Tolosa y Luis Jefferson Camacho Prada, el capitán Carlos Andrés Correa Loaiza, el patrullero Jhon Fredi Morales Cárdenas y los investigadores de la SIJIN MEBOG, intendente Alfonso Quinchanegua Quinchanegua y la patrullera Dana Alejandra Canizales Bonilla.

Según el informe del Ministerio Público, los hechos comenzaron el 31 de enero de 2023 cuando el investigador Quinchanegua solicitó la interceptación de la línea telefónica de Meza y de otros números. Aunque la fiscal del caso inicialmente rechazó esta solicitud, al día siguiente Quinchanegua y Canizales habrían falsificado un informe de campo y una declaración de fuente no formal, asegurando que Meza, su pareja Yhonson Pineda y otra persona eran alias “Pini” y alias “Pacho”, supuestos integrantes del Clan del Golfo.

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La Procuraduría determinó que esta documentación habría inducido en error a la Fiscal 101 local de la Unidad de Hurtos, quien finalmente autorizó la interceptación. Más tarde, se reveló que una de las líneas ya estaba intervenida por un proceso diferente en Chocó, mientras que la línea de Pineda sí fue interceptada bajo esta orden.

Además, el patrullero Morales Cárdenas y el capitán Correa Loaiza también están señalados de falsificar documentos para asociar las líneas de Meza y Perea a alias “la Cocinera” y “la Madrina”, miembros ficticios del Clan del Golfo, lo que llevó a un fiscal de Quibdó a ordenar nuevas interceptaciones.

El ente disciplinario calificó las acciones de Quinchanegua y Canizales como faltas gravísimas dolosas, mientras que las de los mayores López Tolosa y Camacho Prada fueron consideradas provisionalmente como faltas graves por culpa gravísima debido a su falta de supervisión y verificación en las investigaciones.

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